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A solicitud de D. Jesús Bravo González, para que le fuese concedido el título de Cebadero con garantía sanitaria al de su propiedad de especie porcina, clasificaca como cebo, bajo el número de relación municipal 143, situada en el término municipal de Hinojosa del Duque (Córdoba).
Vistos los informes preceptivos y de conformidad con lo dispuesto en el punto 6 del apartado B) del Artº 1º del Real Decreto
425/1985, de 20 de marzo, y en el punto diez de la Orden Ministerial de 31 de mayo de 1985 que lo desarrolla, he venido, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Decreto
3490/1981, de 29 de diciembre y el Decreto 144/1982, de 3 de noviembre a concederle con fecha 12 de abril del año en curso, el título de Cebadero con garantía sanitaria.
Notifíquese la presente resolución al interesado y dése traslado a la Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de su publicación en el BOE de acuerdo con lo previsto sobre concesión de calificaciones sanitarias en la Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 9 de febrero de 1982.
Sevilla, 12 de abril de 1993.- El Director General, Miguel Zamora Lozano.
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