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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno de Málaga en sesión ordinaria celebrada el 29 de enero de 1993, se ha adoptado el siguiente acuerdo:
El Pleno conoce propuesta del Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de fecha 25 de enero de
1993, cuyo texto a la letra es el siguiente:
«Se dio cuenta de expediente relativo a Estudio de Detalle en C/ General Ibáñez nº 48, 50 y 52, promovido por Promociones y Construcciones González Retamero S.A. r/p por D. Antonio González Retamero el cual recibió la aprobación inicial mediante acuerdo plenario municipal de 25 de septiembre de
1992.
Resulta de las actuaciones que se ha aportado al expediente la documentación complementaria exigida en el citado acuerdo, según informe de fecha 14 de octubre de 1992 del Departamento de Planeamiento y Diseño Urbano, y que sometido al trámite de información pública la aprobación inicial del citado Estudio de Detalle, no se ha presentado alegación alguna al mismo.
A la vista de cuanto antecede, el Consejo, por unanimidad de los Sres. miembros asistentes, propuso al Excmo. Ayuntamiento Pleno adopte los siguientes acuerdos:
1º. A tenor de lo dispuesto en el art. 117.4 del Real Decreto Legislativo 1/1992, aprobar definitivamente el Estudio de Detalle en C/ General Ibáñez nº 48, 50 y 52, promovido por Promociones y Construcciones González Retamero S.A. r/p D. Antonio González Retamero, conforme a la documentación técnica visada con fecha 23 de julio de 1992 y la complementaria visada el 1 de septiembre de 1992.
2º. Disponer la publicación del presente acuerdo en el BOJA conforme a lo establecido en el art. 124.1 del Real Decreto Legislativo
1/1992, significándose al promotor que éste no adquirirá vigencia hasta que se efectúe dicha publicación, de conformidad con lo expuesto en el art. 131 del citado texto legal.¯
Informa el Sr. Secretario General que presta su conformidad al informe del Servicio correspondiente.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los Sres. miembros de la Corporación asistentes al debate y votación del presente punto y con el quórum suficiente, acordó prestar su aprobación a la propuesta cuyo texto ha sido transcrito. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el acuerdo antes transcrito podrá Ud. interponer recurso de reposición ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, dentro del plazo de un mes a contar desde el siguiente día al de la publicación del presente anuncio en el BOJA como trámite o requisito previo al recurso contencioso administrativo que podrá interponer ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, dentro del plazo de dos meses contados desde el siguiente día a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si fuere expreso, y si no lo fuere, dentro del plazo de un año a contar de la fecha de interposición del recurso de reposición; todo ello de conformidad con lo regulado en el Art. 52 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local y Arts. 52 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Asimismo puede interponer cualquier otro recurso que considere procedente.
Málaga, 22 de febrero de 1993.- El Alcalde-Presidente del Consejo de Administración de la Gerencia, P.D. El Teniente Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras e Infraestructura, Hilario López Luna.
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