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A tenor de lo establecido en el Reglamento (CEE) núm.
1035/72 del Consejo de 18 de mayo, y en los Reales Decretos
1101/1986, de 6 de junio, y 509/1992, de 14 de mayo, por los que se regula la constitución de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas; de conformidad con la propuesta favorable emitida por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria y de acuerdo con las competencias atribuidas a esta Consejería de Agricultura y Pesca por las disposiciones vigentes,
VENGO A DISPONER:
Primero. Se reconoce a la Entidad Sociedad Agraria de Transformación «Sol de Fardes¯ de Purullena (Granada), como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas para el producto melocotón, conforme al Reglamento (CEE) Núm. 1035/72 del Consejo de 18 de mayo, y en los Reales Decretos 1101/1986, de 6 de junio, y 509/1992, de 14 de mayo.
Segundo. El ámbito geográfico será el de los términos municipales de: Purullena, Guadix, Valle del Zalabí, Benalúa de Guadix, Cortes y Graena, Marchal, Beas de Guadix y Fonelas.
Tercero. La concesión de ayudas a que se refiere el Artículo
14 del Reglamento (CEE) 1035/72, citado, se adecuarán en todos sus apartados de tiempo, porcentajes, volumen comercializado, etc., a lo establecido en dicho Artículo, condicionándose tales ayudas a las disponibilidades presupuestarias.
Sevilla, 11 de mayo de 1993
LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ
Consejero de Agricultura y Pesca
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