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En uso de las facultades que me confiere el Decreto 208/92, de 30 de diciembre,de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y el Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección Gerencia ha resuelto publicar la Resolución de un contrato de Obras con los requisitos que se señalan.
SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. SERVICIOS CENTRALES
ASUNTO
Resolución del contrato referente a la C.C. 0193/89 Obras de Reforma para Ampliación de Acelerador Lineal en el Hospital Reina Sofía de Córdoba.
ANTECEDENTES
Con fecha 6 de agosto de 1990, fue suscrito contrato entre el Servicio Andaluz de Salud y la Empresa Internacional de Construcciones y Obras (INCOSA) para la ejecución de Obras de Reforma para Ampliación Acelerador Lineal en el Hospital Reina Sofía de Córdoba (C.C. 0193/89), con importe total de treinta y siete millones novecientas ochenta y ocho mil doce pesetas (37.988.012 Ptas.) y plazo de ejecución seis meses, efectuándose el replanteo e inicio de obras mediante Acta de fecha
27 de agosto de 1990.
En fecha 6 de marzo de 1991, se aprueba por este Organo de Contratación, la suspensión temporal parcial de las Obras, motivadas por la necesidad de redactar un proyecto modificado. Dado que las obras se encuentran paralizadas por un plazo superior al año, así como la presentación a trámite de la solicitud de suspensión de pagos solicitado por la Empresa constructura y al no considerarse oportuno por el Servicio Andaluz de Salud, reiniciar las obras en cuestión, mediante Resolución del Organo de Contratación, de fecha 1 de febrero de 1993, es autorizada la iniciación del correspondiente expediente administrativo de resolución del contrato de referencia.
Cumplidos los trámites legales preceptivos en cuanto a la instrucción del expediente de resolución del contrato y abierto el plazo del trámite de audiencia, conforme al Artº. 91 y 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo y no acreditada su recepción por la Empresa, se procedió a su notificación por medio de anuncios en el Tablón de Edictos de los Ayuntamientos de sus últimos domicilios conocidos y el BOP de Madrid y Sevilla respectivamente. Expirado el plazo de alegaciones sin que se hayan presentado éstas por parte del contratista, ha de darse por evacuado el trámtie de audiencia.
Habiéndose recabado el Informe preceptivo de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Servicio Andaluz de Salud en fecha 10 de mayo de 1993.
De conformidad con el Artº. 52.3 de la Ley de Contratos del Estado y Artº. 157.3 del Reglamento General de Contratación del Estado, que establecen como causa de resolución del contrato de Obras la suspensión por plazo superior a un año sin ordenar la reanudación de la misma por parte de la Administración, procede a su resolución.
Por ello, en virtud de las competencias que me confiere la Ley 8/86, de 6 de mayo, de creación del Servicio Andaluz de Salud y el Decreto 208/92, de 30 de diciembre de 1992, de estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, así como lo establecido en los Arts. 18 de la Ley de Contratos del Estado, Artº. 50 del Reglamento General de Contratos del Estado.
RESUELVO
Primero. Acordar la resolución del contrato suscrito entre el Servicio Andaluz de Salud y la empresa Internacional de Construcciones y Obras (INCOSA) para la ejecución de las Obras de Reforma de Ampliación Acelerador Lineal en el Hospital Reina Sofía de Córdoba, por haber transcurrido un año desde la suspensión temporal sin ordenar la reanudación de las obras.
Segundo. Aprobar la liquidación de las obras realmente ejecutada por importe total de veintiocho millones setecientas cincuenta y cinco mil setecientas setenta y cinco pesetas
(28.755.775 Ptas.) y abonar al contratista el saldo resultante a su favor por importe de ochocientas treinta y dos mil novecientas cuarenta y tres pesetas (832.943 Ptas.).
Tercero. Acordar la cancelación y devolución de la fianza que garantizó en su día dicha contratación y consistente en aval definitivo expedido por Crédito y Caución, S.A., por importe de un millón quinientas cincuenta y dos mil cuatrocientas treinta y dos pesetas (1.552.432 Ptas.), depositado en la Caja General de Depósitos de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, el día 4 de julio de 1990 y con el nº de registro
004390.
Contra la presente resolución, se podrá interponer Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el Artº. 19 de la Ley de Contratos del Estado y Artº. 58.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 18 de mayo de 1993.- El Director Gerente, Ignacio Moreno Cayetano.
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