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En el expediente instruido por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 86 de la Ley 7/85 de 2 de abril, 96 y 104.3 del Real Decreto legislativo 781/86, de 18 de abril, así como lo dispuesto en los artículos 109, 113,
114 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de
13 de junio de 1986.
El Estatuto de Autonomía en su artículo 13.3 aprobado por Ley Orgánica 6/81 de 30 de diciembre, confiere a esta Comunidad Autónoma competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/83 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Autorizar al Ayuntamiento de Guillena (Sevilla) a que aporte a la sociedad Diprasa, unos terrenos de sus bienes de propios, que a continuación se describen:
a) Suerte de terreno perteneciente a la finca municipal «Cerro de la Horca¯, de ciento veinte mil cuatrocientos tres (120.403) metros cuadrados de superficie, que linda al Norte con Arroyo de los Prados, al Sur con carretera local SE-181 de Guillena a Burguillos, al Este con la Vereda de Castrilblanco y al Oeste con terrenos de Don Francisco Moral Prieto. Asimismo, dentro de la superficie de 27.243 m2 urbanizados y destinados a polígono industrial, se hallan como propiedad municipal una Nave Agrícola de ochocientos veintiséis metros y siete centímetros cuadrados (826,07) y un Centro de Transformación de Intemperie de uno (1) metro cuadrado de superficie.
Nave agrícola: Nave de estructura metálica con cerramiento de bloques de hormigón prefabricada y cubierta a dos aguas de chapa galvanizada. Situada en la parcela núm. 0 del Polígono industrial «El Cerro¯, que a su vez se halla en la finca municipal «Cerro de la Horca¯. Tiene una superficie en planta de 694,07 m2 y una superficie total de 826,07 m2. Se construyó por el propio Ayuntamiento, según proyecto técnico del Arquitecto municipal Don Rogelio de la Cuadra Buil, el año 1987, efectuándose posteriores obras de mejoras y terminación. La edificación se estructura en una zona de manipulación de productos agrícolas, cámaras frigoríficas, sala de máquinas, muelle de carga y descarga, vestuarios, servicios y una entreplanta destinada a oficinas, estando todo ello en buen estado de conservación. Se trata de un bien patrimonial o de propios del Ayuntamiento, que está libre de cargas o gravámenes.
b) Suerte de terreno perteneciente a la finca municipal «Cerro de la Horca¯ de veintinueve mil trescientos sesenta y siete (29.367) metros cuadrados de superficie, que linda al Norte con la carretera local SE-181 de Guillena a Burguillos, al Sur con la Vereda de Castrilblanco, al Este con la carretera local SE-188 de Guillena a Torre de la Reina y al Oeste con terrenos de Doña Gabriela Cano Castaño, valoradas conjuntamente en la cantidad de 121.998.353 ptas., como pago o contraprestación de acciones de dicha sociedad, a fin de dar cumplimiento a los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 26 de marzo de 1993, publicado en el BOJA núm.
39 de 17 de abril.
Sevilla, 9 de junio de 1993
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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