Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 15/7/1993

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Otros. AYTO. DE ARACENA (HUELVA)

ANUNCIO. (PP. 1943/93).

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DON FRANCISCO RUIZ BOSQUE, ALCALDE PRESIDENTE DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE ARACENA. HUELVA.

HACE SABER: Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión ordinaria, el día 29 de abril de 1993, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo tomado literalmente del acta de la sesión, es como sigue:

Acto seguido, se dió cuenta del dictamen de la Comisión de Urbanismo, en sentido favorable, sobre el proyecto y reformado de Estudio de Detalle y Parcelación, del sector comprendido entre la calle Cruces y nueva calle de esta Ciudad de Aracena, promovido por la Entidad BILBILIS EUROPEA DE CONSTRUCCIONES, SA. y firmado por el Arquitecto DON GONZALO PRIETO RODRIGUEZ y,

RESULTANDO que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión ordinaria, el día 28 de enero de 1993, adoptó el acuerdo con el punto 2. del art. 117 del Real Decreto Legislativo 1/92 de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

RESULTANDO que sometido a información pública el acuerdo anteriormente considerado, fue publicado el Edicto correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia, n. 40 de 18 de febrero de 1993, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, n. 31 de 27 de marzo de 1993 y en el periódico "Huelva Información", de 12 de febrero del actual, de acuerdo con lo considerado en el punto 3. del art. 117 del Texto Refundido.

RESULTANDO que, de la misma manera, se notificó el citado acuerdo a todos aquellos titulares de algún derecho o interés legítimo, que pudieran resultar afectados por la aprobación, en su día, del citado proyecto de Estudio de Detalle y Parcelación.

RESULTANDO que en el trámite de información pública, por el plazo de QUINCE DIAS, a partir de la publicación de los Edictos relacionados con la aprobación inicial, no se han presentado ningún tipo de alegaciones. CONSIDERANDO que la legislación aplicable para estos acuerdos stá establecida en los arts. 43.3.i) y 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; arts. 91, 117, 118.3.d), 124 y 131 del Real Decreto Legislativo 1/92 de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana; Capítulos V, VII y XI de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de esta Ciudad de Aracena; art. 65 del Reglamento de Planeamiento, todavía vigente de acuerdo con el punto 1. del Real Decreto 304/93 de 26 de febrero, por el que se aprueba la tabla de vigencia del citado Reglamento y el art. 196 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

La Corporación, vistos los anteriores RESULTANDOS y CONSIDERANDO y el informe favorable de los Técnicos Municipales, por ocho votos a favor (siete del Grupo Municipal Socialista y el del Sr. Castaño Gonzalez, de IU.-CA., integrante en el Grupo Mixto) y tres mayoría absoluta del número legal de sus miembros, tuvo a bien adoptar los siguientes acuerdos:

1.- Aprobar definitivamente el proyecto y reformado de Estudio de Detalle y Parcelación, del sector comprendido entre la calle Cruces y nueva calle de esta Ciudad de Aracena, promovido por la Entidad BILBILIS EUROPEA DE CONSTRUCCIONES, SA. y firmado por el Arquitecto DON GONZALO PRIETO RODRIGUEZ. Todo, de acuerdo con el punto 4. del art. 117 y el punto 3.d) del art. 118 del Real Decreto Legislativo 1/92 de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

2.- Ceder gratuitamente a este Excmo. Ayuntamiento, la superficie de 816 m2., correspondientes a zona de juegos y recreo, de acuerdo con lo establecido en el art. 5.5 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, con el compromiso, por parte de la Entidad promotora, de proceder al otorgamiento de la escritura pública de la cesión relacionada, a favor de este Excmo. Ayuntamiento, en un plazo nunca superior a TREINTA DIAS, a partir de la publicación de estos acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Junta de Andalucía, siendo los gastos por cuenta de la citada Entidad promotora.

3.- Compensar económicamente -previo convenio con este Excmo. Ayuntamiento por la Entidad aludida- las cesiones destinadas a parques y jardines, por no cumplir los mínimos establecidos en el art. 5.04.2 y 3 de las Normas Subsidiarias, por aplicación del art. 11.06 de las citadas Normas, en la siguiente cuantía:

34 viviendas X 18 m2/viv. = 612 ms2.

4.- Referente al apartado 7.6.- "Altura de Edificación", de la Memoria de Estudio de Detalle, se hace constar que la alturas de edificación se mantendrán con respecto a la rasante de la calle,

independientemente de la altura que presente en fachada, el terreno natural y cumpliéndose la totalidad del articulado de las Normas Subsidiarias en cuanto a:

Art. 7.04.- Rasante del terreno.

Art. 7.05.- Altura de la edificación sobre la rasante del terreno. Art. 7.10.- Número de plantas y alturas permitidas.

5.- Dar cuenta del contenido de estos acuerdos, a cuantas personas hayan comparecido en este expediente, como interesadas.

6.- Ordenar la publicación completa del acuerdo relacionado con la aprobación definitiva del proyecto referido, en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo considerado en el art. 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; los arts. 124 y 131 del Real Decreto Legislativo

1/92 de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y el art. 196 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

7.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde Presidente, para la firma de cuantos documentos sean necesarios, para el logro de los acuerdos anteriormente considerados.

Lo que se hace público para general conocimiento en esta Ciudad de Aracena a nueve de junio de mil novecientos noventa y tres.

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