Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El Decreto 120/1988, de 23 de marzo, por el que se regulan las actuaciones de promoción pública en régimen de autoconstrucción, fomenta la edificación de nueva planta que promueva la Consejería de Obras Públicas y Transportes con cuyo cargo a sus programas anuales, mediante convenios con los respectivos Ayuntamientos y que se construyan sustancialmente por sus futuros propietarios mediante aportación de su trabajo personal.
A este respecto, la Consejería de Obras Públicas y Transportes, tiene como finalidad facilitar el acceso a la vivienda a amplios sectores de la población a iniciativa de determinados Municipios de diversas provincias Andaluzas. Por todo ello, mediante la presente Orden, pretende determinar las actuaciones a efectuar con cargo a sus programas anuales, una vez que las Corporaciones Locales interesadas, a través de sus respectivos Acuerdos Plenarios, han prestado conformidad a las actuaciones a efectuar aportando la documentación requerida al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del mencionado Decreto.
En su virtud de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto, de 23 de marzo, y a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente: Primero.- Se aprueban las actuaciones de promoción pública de viviendas en régimen de Autoconstrucción a efectuar en los Municipios que figuran como anexos, con indicación de nombre del Municipio, número de viviendas y las características para el desarrollo de las actuaciones. Segundo.- Las actuaciones se regulan mediante los correspondientes Convenios de Cooperación y Gestión a suscribir entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y los respectivos Ayuntamientos.
Tercero.- El contenido de los proyectos de ejecución y el desarrollo de las obras habrán de ajustarse a las determinaciones técnicas y económicas que para la promoción pública tiene establecida la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
Cuarto.- La presente aprobación se notificará a los Ayuntamientos afectados.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos. Sevilla, 14 de julio de 1993
JUAN JOSE LOPEZ MARTOS
Consejero de Obras Públicas y Transportes Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Descargar PDF