Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 22/7/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 5 de julio de 1993, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas económicas para financiar actividades de federaciones provinciales y confederaciones de asociaciones de padres de alumnos durante 1993.

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Convocadas, por Orden de 11 de enero de 1993, ayudas económicas para financiar las actividades de las Federaciones y Confederaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos en la Comunidad Autónoma Andaluza, vistas las solicitudes presentadas y las disponibilidades presupuestarias, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

PRIMERO: Resolver la convocatoria a que se refiere la Orden de 11 de enero de

1993, (BOJA n.13 de 06 de febrero de 1993), por la que se convocan ayudas económicas para financiar las actividades de Federaciones y Confederaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos durante 1993, y conceder ayudas económicas para financiar las actividades presentadas por las cuantías y a las Entidades que se indican en el ANEXO. SEGUNDO: Se comunicará a cada Entidad la cantidad concedida y ésta deberá justificar, en el plazo de tres meses desde la fecha del pago, la correcta inversión de la ayuda recibida mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado de los Gestores de la Entidad en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las actividades por las que se les concede la ayuda.

b) Certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad.

c) Memoria descriptiva de las actividades realizadas en la que se indique, para cada una de las actividades, el grado de cumplimiento de los objetivos programados y el número de personas que han participado en las mismas.

d) Carpeta-índice que incluya relación, para cada una de las actividades especificadas en la Memoria, de los gastos así como todos los originales de facturas y de cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida. Sevilla, 5 de julio de 1993.- El Consejero, P.D. (Orden 17.2.88), El Viceconsejero, José Carlos Cabello Cabrera. [VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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