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El Consejo de Gestión de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en sesión celebrada el día 18 de junio de 1993, y al Punto
20 de su Orden del Día, acordó la iniciación de expediente de expropiación forzosa de bienes y derechos ubicados en la Zona Norte de la Ciudad, entre San Joaquín y El Altillo, al esta afectados por un vial de uso y dominio público de la red viaria fundamental de 2º Orden, clasificada como Sistema General de acuerdo con el P.G.O.U. vigente, aprobado definitivamente por Resolución de 30 de noviembre de 1984, aprobación que lleva implícita la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación, según dispone el ar.t 132 del R.D. Leg. 1/1992, así como el art. 15, siguientes y concordantes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, siendo la relación de propietarios y descripción de bienes y derechos afectados la siguiente:
Finca en Pago de Arroyo del Membrillar o Pie de Rey Superficie de la finca: 711 m2.
Superficie a expropiar: 711 m2.
Datos registrales: Finca núm. 29.567, Libro 354, Tomo
1.415, Folio 121, Inscripción 1ª.
Propietarios: D. Claus Nowack Berg y Doña Mercedes Díaz Lacave.
Derechos Reales: a) Tres censos inscritos a favor de Doña Lucía Medina García y Don Federico Rivas Medina, por la 27ª de la finca 5.896,Folio 243 vto. del Tomo 670, censos de 1.034 pesetas, 76 céntimos de capital y 31 pesetas, 4 céntimos de rédito; de 200 pesetas de capital y 6 pesetas de réditos; y de
673 pesetas, 33 céntimos de capital y 20 pesetas, 20 céntimos de rédito. b) Censo de 9 reales de réditos a favor del Ayuntamiento de esta Ciudad, inscrito por la 24ª de la misma finca, folio
190 del tomo 642.
Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de quince días hábiles durante el que se pueden aportar los datos que se consideren oportunos para rectificar posibles errores en la relación publicada. Asimismo con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado a los efectos de lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jerez de la Frontera, 7 de julio de 1993.- El Tte. Alcalde-Delegado de Política Territorial y Medio Ambiente. Miguel A. González Fustegueras.
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