Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Por Orden de 17 de Febrero de 1993 (BOJA del 25), se hizo pública la relación de aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas convocadas para el ingreso en la Función Pública docente en el Cuerpo de Maestros y se nombraron con carácter provisional funcionarios en prácticas.
Transcurrido el plazo señalado en el punto tercero de dicha Orden y revisados los documentos requeridos conforme a la Base VIII de la Orden de 21 de Mayo de 1992 (BOJA del 23), procede completar la precitada Orden de 17 de Febrero de 1993.
En su virtud, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
1º.- Nombrar con carácter definitivo Funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados relacionados en Anexo de la citada Orden de 17 de Febrero de 1993, con la excepción contemplada en los apartados 2º, 3º y 4º siguientes y a los que se relacionan en el Anexo I de esta Orden por estimación de recursos.
2º.- Aceptar las renuncias al proceso selectivo,m de los aspirantes relacionados en el Anexo II de la presente Orden, de conformidad con lo establecido en la Base VIII de la Orden de 21 de Mayo de 1992.
3º.- Declarar excluido del nombramiento de funcionarios en prácticas, de conformidad con los apartados tercero de la Orden de 17 de Febrero de 1993 y VIII.4 de la Orden de 21 de Mayo de 1992, al aspirante relacionado en el Anexo III de la presente Orden, con indicación de las causas que dan lugar a la exclusión.
4º.- Declarar excluidos del nombramiento de funcionarios en prácticas, por haber superado las pruebas selectivas convocadas por Orden de 25 de Abril de
1991 y las convocadas por Orden de 21 de Mayo de 1992, por la misma especialidad, a los Maestros relacionados en el Anexo IV de la presente.
5º.- Declarar anuladas todas las actuaciones de los aspirantes a que se refieren los apartados 2º, 3º y 4º, decayendo en todos los derechos derivados de la citada Orden de 21 de Mayo de 1992.
6º.- Facultar a la Dirección General de Personal para que adopte cuantas medidas e instrucciones se hagan necesarias para el desarrollo de esta Orden.
7º.- Contra la presente Orden, que pone fin a la via administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación,. recurso Contencioso-Administrativo anta la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 20 de julio de 1993.- El Consejero, P.D. (Orden de 17.2.88), El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
Descargar PDF