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Existiendo en esta Universidad las vacantes establecidas en el anexo I, y siendo necesaria la provisión de las mismas, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública modificada por la Ley 23/88, de acuerdo con el Real Decreto
28/1990, de 15 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado. Y en uso de las atribuciones que tiene conferidas por Ley Orgánica 11/83, de 25 de Agosto, de Reforma Universitaria, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, y demás disposiciones vigentes.
Este Rectorado ha dispuesto:
Primero.- Convocar para su provisión por Libre Designación las vacantes establecidas en el Anexo I, señalándose que podrán tomar parte en la misma los Funcionarios de carrera al servicio de la Administración de la Universidad de Cádiz pertenecientes a los cuerpos o Escalas clasificados en el Grupo C y D comprendidos en el artículo 25 de Ley 30/84, de 2 de Agosto, que se encuentren en la situación de servicio activo o en las situaciones de servicios especiales, excedencia forzosa o voluntaria, declaradas por el órgano competente, y reúnan los requisitos establecidos en el Anexo I.
Segundo.- Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular, sólo podrán participar si al término del plazo de presentación de solicitudes llevasen más de dos años en dicha situación.
Tercero.- Los interesados dirigirá sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo II, al Excmo. y Magfco. Sr. Rector de la Universidad, dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y las presentarán en el Registro General de la Universidad (Calle Ancha número 16, Cádiz), o en las oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarto.- Los funcionarios públicos en servicio activo deberán adjuntar resolución de reconocimiento de grado personal o certificado expedido por la Unidad de Personal de su destino, con especificación del nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando.
Quinto.- A las citadas solicitudes deberán acompañar curriculum vitae, en el que harán constar los títulos académicos que posean, puestos de trabajo desempeñados, y demás circunstancias y méritos que estimen oportuno poner de manifiesto.
La presente convocatoria y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
(Insértese en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía)
Cádiz, 5 de julio de 1993.- El Rector, José Luis Romero Palanco.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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