Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para
general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 17 de mayo de
1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso
Contencioso_Administrativo núm. 1252/90, promovido por Construcciones Levita S.A. sobre Sanción cuyo
pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Mª Paz Calvo Pancorbo
en la representación acreditada de Compañía Mercantil «Construcciones Levita, S.A.¯ contra la Resolución
dictada por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, de fecha 2 de
julio de 1990 (Rec. 734/90) desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la de la Delegación
Provincial en Almería, de fecha 15 de febrero del mismo año (Expte. 310/89), que había impuesto a la
recurrente sanción por un importe total de trescientas mil pesetas, por tres infracciones laborales
graves, por aparecer tales actos administrativos conformes a derecho; sin expresa imposición de coste.
Sevilla, 19 de julio de 1993._ El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
Descargar PDF