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En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad aprobados por Decreto 184/1985, de 31 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y con el fin de atender las necesidades de Personal de Servicios. Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el Art. 18 de la Ley 11/1983, de Reforma Universitaria, en relación con el Art. 3.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para proveer tres plazas de Ayudantes de Servicios, grupo V del Convenio vigente, en régimen laboral, con sujeción a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas Generales.
A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables el R.D. 2223/1984, de 19 de diciembre, los Estatutos de la Universidad de Córdoba, el Convenio Colectivo aplicable a la misma y las normas de la presente convocatoria.
2. Plazas objeto de la convocatoria.
Se convocan para su cobertura tres plazas (en Córdoba capital) en régimen laboral fijo del grupo V del Convenio Colectivo del Personal Laboral de Universidades Andaluzas (BOJA
7.2.92).
3. Sistema de selección.
En consideración a la naturaleza profesional y a las tareas a realizar por el personal a seleccionar el sistema de selección será el de oposición, contemplado en los artículos 3 y 5 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, aprobado por R.D. 2223/84 de 19 de diciembre.
No podrá seleccionarse un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
4. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por Sentencia penal firme.
e) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o formación laboral equivalente o experiencia laboral con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral según lo establecido en el art? 18 del vigente Convenio.
f) Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.
5. Solicitudes.
5.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en solicitud que se adjunta en Anexo II, que se podrá retirar de los servicios centrales de la Universidad y será dirigida al Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Córdoba y presentada en el Registro General de dicha Universidad (Calle Alfono XIII N? 13, D.P. 14001), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. A la instancia se acompañará fotocopia del Documento Nacional de Identidad y resguardo de haber abonado la cantidad
de 1.500 Ptas., en concepto de derechos de examen, a ingresar en la cuenta abierta en Banesto Número 6882271 a nombre de la Universidad de Córdoba.
6. Admisión de aspirantes.
6.1. En el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad dictará Resolución, que deberá publicarse en el BOE y BOJA, con la lista de excluidos e indicación del lugar donde se encuentra expuesta la lista completa de admitidos y la fecha, lugar y hora de la realización de las pruebas. Dicha lista deberá ponerse de manifiesto, en todo caso, en el Tablón de anuncios del Rectorado y en sus correspondientes Centros. En lista deben constar los apellidos, nombre y número de D.N.I. así como las causas de exclusión.
6.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOE, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
7. Calendario y desarrollo de las pruebas.
7.1. La oposición no podrá comenzar hasta transcurridos 45 días de la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE. 7.2. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los candidatos que acrediten su identidad mediante la presentación del D.N.I., pasaporte o documento similar.
7.3. Los aspirantes que no comparezcan a las pruebas quedarán automáticamente excluidos del proceso de selección, salvo en casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
8. Tribunal Calificador o Comisiones de Selección.
8.1. El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de estas Bases.
8.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en los supuestos previstos en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
8.3. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
8.4. A partir de su constitución, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
8.5. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los
casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
8.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en las funciones de las plazas convocadas. Los asesores se limitarán, sin voto, al ejercicio de sus especialidades técnicas, exclusivamente, colaborando con el Tribunal. La Presidencia del Tribunal acordará su incorporación mediante notificación al Asesor o Asesores, exponiéndose en el Tablón de anuncios del local de las pruebas selectivas una copia firmada de la notificación.
8.7. A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Córdoba, calle Alfonso XIII, 13. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
8.8. Los Tribunales tendrán la categoría quinta conforme a lo dispuesto en el Decreto 54/89, de 21 de marzo (BOJA núm.
31 de 21.4.89).
8.9. En ningún caso los Tribunales podrán aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
9. Relación de aprobados.
9.1. Una vez efectuada la calificación final de los aspirantes, el Tribunal hará público el resultado de la oposición, con los nombres de los aprobados, indicando sus documentos de identidad y elevando dicha relación al Organo competente, para la formalización de los contratos.
El Tribunal, igualmente, podrá hacer pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados y en el caso de que alguno de los solicitantes propuestos no llegase a formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta al solicitante que le siga en orden de puntuación.
10. Presentación de documentos.
10.1 Antes de la formalización de los contratos, los candidatos seleccionados deberán justificar adecuadamente, en un
plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las listas de aprobados los requisitos siguientes:
a) Fotocopia del Título correspondiente o documento acreditativo de reunir el requisito exigido en el punto 5.e) de esta convocatoria. b) Fotocopia del libro de Familia (cuando proceda).
c) Declaración Jurada o Promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante Sentencia Penal
firme.
d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, expedido por el facultativo de medicina general que corresponda al interesado. En caso de que éste no esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo u Organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas. 10.2. Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar tal condición.
10.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera
haber incurrido por falsedad de su instancia.
11. Formalización de los contratos.
11.1. El Organo competente procederá a la formalización de los contratos hasta el límite de las plazas anunciadas y que se hallen dotadas presupuestariamente. Hasta tanto se formalicen los contratos, tras su intervención, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
11.2. Estos contratos, una vez formalizados, se inscribirán en el Registro Central de Personal.
12. Incorporación y período de prueba.
12.1. La incorporación al puesto de trabajo se efectuará dentro de los quince días siguientes a la formalización del contrato, debiendo realizarse un período de prueba de tres meses
de duración.
12.2. El personal que supere el período de prueba satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.
13. Norma final.
La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquélla y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas en el plazo y forma establecidos
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
Córdoba, 19 de julio de 1993.- El Rector, Amador Jover
Moyano.
ANEXO I
EJERCICIO A REALIZAR POR LOS ASPIRANTES Y VALORACION
A) Ejercicios:
La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación, siendo eliminatorio cada uno de ellos:
Primer ejercicio: Constará de tres partes, a realizar en una misma sesión:
Primera parte: Consistirá en que los aspirantes transcriban a mano, con las correcciones ortográficas correspondientes, un texto en castellano que se les presentará con faltas de ortografía y sin signos de puntuación.
El tiempo para la realización de esta parte será de quince minutos, valorándose la correcta ortografía y presentación del texto.
Segunda parte: Consistirá en la resolución de dos problemas aritméticos propuestos por el Tribunal a tenor de la titulación exigida en la convocatoria.
El tiempo para la realización de esta segunda parte será de treinta minutos.
Tercera parte: Consistirá en contestar un cuestionario de 40 preguntas, con respuestas alternativas siendo sólo una de ellas la correcta y destinadas a apreciar los conocimientos culturales generales de los opositores de acuerdo, asimismo, con la titulación exigida en la convocatoria.
El tiempo para la realización de esta tercera parte será de
45 minutos.
Segundo ejercicio: Consistirtá en una prueba práctica, cuya estructura y contenido será fijada en su día por el Tribunal, destinada a apreciar la capacidad de los opositores para la realización de las funciones propias de las plazas a las que se aspira y definidas en el Acuerdo de 27 de noviembre de 1990 de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social. (BOJA núm.
104 de 18.12.90).
El tiempo para la realización de este ejercicio será como máximo de 30 minutos.
B) Valoración:
Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente: Primer ejercicio: Cada una de las partes se calificará de cero a cinco puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 2,5 puntos en cada una de ellas. La puntuación de este ejercicio será la media aritmética de las tres anteriores. Segundo ejercicio: Se calificará de cero a cinco puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 2,5 puntos.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá por la mayor puntuación obtenida en la tercera parte del primer ejercicio, si continuara el empate se tendrá en cuenta la máxima puntuación obtenida en la segunda parte de dicho ejercicio. Si aún así persistiese el empate éste se dirimirá finalmente por orden alfabético de apellidos de los aspirantes empatados.
ANEXO II
MODELO DE SOLICITUD
DE PARTICIPACION EN PRUEBAS SELECTIVAS DE
PERSONAL LABORAL
D/Dña..........
con DNI/Pasaporte.......... Estado Civil..........
Nacido el.......... en..........
Provincia de.......... y residencia en C/P..........
N?.......... Código Postal.......... Localidad.......... Provincia.......... y teléfono..........
solicita la participación en las pruebas selectivas convocadas por la Universidad de Córdoba en BOE del día..........
para acceso a plazas del Grupo V de su Plantilla Laboral. Para ello manifiesta reunir los requisitos, exigidos en la convocatoria.
A) Titulación:
Exigida:..........
expedida en fecha:.
Otras titulaciones:
Fecha Exp...........
Fecha Exp...........
Fecha Exp...........
Fecha Exp...........
El abajo firmante ha abonado los derechos de examen correspondientes, declara bajo su responsabilidad ser ciertos los
datos expuestos, y reunir las condiciones exigidas para el ingreso en la Función Pública y las especialmente señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta Solicitud.
Córdoba,..........de.......... de 199..........
El solicitante,
Fdo.:
Magfco. y Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Córdoba.
TRIBUNAL CALIFICADOR
Titulares:
Presidente: D. Jaime Alvarez-Ossorio Lacave, Gerente de la Universidad de Córdoba, por delegación del Rector.
Vocales: 1?. D. Luis Ballesteros Olmo, en representación de los Decanos y Directores de esta Universidad.
2?. D. Francisco Gracia Navarro, en representación de los Directores de Departamentos de esta Universidad.
3?. D. Antonio Alcalde Moral, en representación de los trabajadores.
4?. D. Luis M. Molina López, en representación de los trabajadores. Secretario: D. Juan Manuel Lucena Llamas, Jefe del Servicio de Personal.
Suplentes:
Presidente: D. Antonio Mateo Navarro Vicerrector de Ordenación Académica.
Vocales: 1?. Excmo. Sr. Vicerrector de Planes de Estudio y Nuevas Titulaciones.
2?. Excmo. Sr. Vicerrector de Extensión Universitaria y Relaciones Exteriores.
3?. D. Luis Fernández Díez, en representación de los trabajadores.
4?. Dª Rafaela Medina Robles, en representación de los trabajadores. Secretario: D. Rafael Ortega Domínguez, Jefe de la Sección de Gestión de Personal.
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