La Junta
Consejo de Gobierno
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Advertida errata en el texto de la citada Resolución, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 7.893, columna derecha, punto 5 de la Resolución, donde dice: «Si fuera inferior el referido importe a 100.000 pesetas, no se exigirá clasificación¯, debe decir: «Si fuera inferior el referido importe a 10.000.000 pesetas, no se exigirá clasificación¯.
Sevilla, 1 de septiembre de 1993
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