Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Por sendas Resoluciones de 8 de octubre de 1992 (BOJA del
15), de esta Secretaría General para la Administración Pública, se efectuó convocatoria pública para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1992, en las modalidad Subvención de alquileres y Guardería y Cuidado de Hijos.
Asimismo, por Resoluciones de 30 y 31 de agosto de 1993 (BOJA del 4 de septiembre), se hicieron públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos de las mencionadas modalidades de ayudas y para los referidos ejercicio y ámbito de personal. Concluido el proceso de adjudicación de dichas ayudas, vistas las reclamaciones a que se refiere el punto Cuarto de las citadas Resoluciones de 30 y 31 de agosto del corriente, de acuerdo con las bases, cuantías y modalidades establecidas en las Resoluciones de convocatoria, se publicaron los listados definitivos de beneficiarios y excluidos de las referidas ayudas, por Resolución de 16 de noviembre de 1993 (BOJA del 23). Existiendo remanente de otras modalidades de ayudas en el mismo ejercicio y para el mismo ámbito de personal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.4 del Reglamento aprobado por Orden de 26 de mayo de 1993 (BOJA del 5 de junio) y a propuesta de la Subcomisión de Acción Social de la Comisión del Convenio en su reunión de 9 de febrero de 1993, procede publicar listados definitivos complementarios de beneficiarios de ayudas de Acción Social, ejercicio de 1992, de los mencionados ámbito de personal y modalidades.
En consecuencia, esta Secretaría General para la Administración Pública,
HA RESUELTO
Primero. Publicar el listado definitivo complementario del personal laboral abeneficiario de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Socal, ejercicio de 1992, en la modalidad de Subvención de Alquileres, ordenado alfabéticamente.
Segundo. Publicar el listado definitivo complementario del personal laboral beneficiario de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Sociael, ejercicio de 1992, en la modalidad de Guardería y Cuidado de Hijos, ordenado alfabéticamente.
Tercero. Los listados a que hacen referencia los puntos anteriores se encuentran expuestos en las Delegaciones de la Consejería de Gobernación en las distintas provincias.
Cuarto. Contra lo establecido en la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día de su publicación, previa comunicación a esta Secretaría General para la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en los artículos
57, 2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 29 de diciembre de 1993.-La Secretaria General, Carmen Capitán Carmona.
Descargar PDF