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Examinado el expediente incoado a instancia de doña María José Pineda Rivera, en su calidad de Presidente de «El Patio Pío, Sociedad Cooperativa Andaluza«, entidad titular del Centro docente Privado de Educación Infantil «El Patio Pío«, con domicilio en c/ Escuelas Pías núm. 9 de Sevilla, en solicitud de autorización para la apertura y funcionamiento de dicho Centro de Educación Infantil, con 3 unidades del primer ciclo; Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla; Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Bº.E. del 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (B.O.E. del 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (B.O.E. del 4 de octubre); el Real Decreto 1.004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (B.O.E. del 26 de junio); el Real Decreto
986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto 535/1993, de 12 de abril; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (B.O.J.A. del 20 de junio); Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia; Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Primero.Conceder la autorización para su apertura y funcionamiento y proceder a la inscripción en el Registro de Centros al Centro docente Privado de Educación Infantil «El Patio Pío«, cuyo código es 41602570 y la titularidad la ostenta «El Patio Pío, Sociedad Cooperativa Andaluza«, domiciliado en c/ Escuelas Pías núm. 9 de Sevilla, con 3 unidades de Educación Infantil (primer ciclo) para 41 puestos escolares.
Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1.004/1991, de 14 de junio (B.O.E. del 26 de junio).
Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.
Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Quinto. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 31 de mayo de 1994
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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