Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 21/7/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 6 de julio de 1994 sobre la revisión-adaptación del Plan General Municipal de Ordenación de Alcalá de Guadaira (Sevilla).

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Examinado el Expediente de Documento de Cumplimiento de la Resolución de esta Consejería de Obras Públicas y Transportes de fecha 21 de marzo de 1994 sobre la Revisión-Adaptación del Plan General Municipal de Ordenación de Alcalá de Guadaira (Sevilla), aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira en sesión extraordinaria celebrada el 3 de junio de 1994, y elevado a esta Consejería para su aprobación definitiva, en virtud del artículo 118.3ª del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992 de 26 de junio y de acuerdo con lo previsto en el último párrafo del punto Segundo de la Resolución de esta Consejería de fecha 21 de marzo de 1994. Atendiendo a lo dispuesto en las disposiciones citadas y el Decreto 77/1994 de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen. Visto el informe de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, emitido en Sesión de 27 de junio de 1994, tras el análisis del realizado por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y las propuestas de la Ponencia Técnica y en virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen, en relación al artículo 118.3ª del Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana.

HERESUELTO

Primero.Aprobar definitivamente el Documento de Cumplimiento de la Resolución de esta Consejería de Obras Públicas y Transportes de 21 de marzo de 1994 sobre la Revisión-Adaptación del Plan General Municipal de Ordenación de Alcalá de Guadaira.

Segundo.El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira completará la subsanación de las deficiencias indicadas en el apartado Segundo de la Resolución de 21 de marzo de 1994, en el sentido siguiente:

1.Grafiado de las afecciones y servidumbres de la Carretera Se-415 en la parte más próxima al núcleo urbano y de la reserva para su desdoblamiento en los suelos no urbanizables también próximos al núcleo urbano.

2.Exclusión gráfica de las Areas de Reparto del Suelo Urbano, de los Sistemas Generales Deportivo de El Puntal y el Parque de Pinares de Oromana. La clasificación del primero se realizará de acuerdo con los criterios generales de clasificación de los Sistemas Generales que realiza el Plan General.

3.Grafiado en la cartografía a escala 1:10.000 de la clasificación como Suelo Urbanizable en régimen transitorio de las Areas de planeamiento aprobado II, VI y VII y las determinaciones de aplicación.

4.Los cambios producidos de edificabilidad y Aprovechamiento Tipo en desarrollo del punto Segundo A.5 de la Resolución de 21 de marzo de 1994, en las Unidades de Ejecución núm. 1, 16, 18, 19, 25, 29, 43, 48, 49, 54, 65, 68 y 70 deberán ser justificados teniendo en cuenta que las discrepancias entre los documentos del Plan se resolverán según los criterios de la Normativa del Plan General aprobado definitivamente.

5.El cambio en la cuantificación del aprovechamiento tipo que se produce en el Sector SUP-R3A deberá realizarse a través de un Expediente de Modificación del Plan General, de acuerdo con lo previsto en el artículo 128 del Texto Refundido de la Ley del Suelo 1/1992.

6.De acuerdo con lo previsto en los artículos 18.2, 71.2 y 156 del Texto Refundido de la Ley del Suelo se completarán las formas y condiciones con las que se incorporarán al desarrollo urbano los Suelos Urbanizables No Programados siguientes: SUNP-I4, I6, I9, R1 y R2.

Tercero.Una vez subsanadas las anteriores correcciones y ratificadas por el Pleno Municipal entrará en vigor directamente, dando cuenta posteriormente a esta Consejería, de acuerdo con lo previsto en el artículo 132.3.b último párrafo del Reglamento de Planeamiento.

Cuarto.La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 124.1 y 131 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y el artículo 29 del Decreto

77/1994, y se notificará al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira y a los interesados.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-adminstrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su última publicación o, en su caso, notificación, previa comunicación a esta Consejería, todo ello de conformidad con la legislación vigente en materia de procedimiento administrativo y contencioso administrativo.

Sevilla, 6 de julio de 1994

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes, en funciones

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