Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 23/7/1994

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Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 2 de diciembre de 1993, de la Delegación Provincial de Huelva, sobre expediente sancionador que se cita. (H-299/93-M).

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Visto el expediente sancionador incoado a la empresa operadora Recreativos Ibis, S.A. (EJA 000109 y CIF A-21049820) por presuntas infracciones a la normativa sobre máquinas recreativas y de azar, en base a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.Levantada acta de inspección el día 30 de septiembre de 1993, se constata que en el establecimiento público denominado Jopimar, sito en Plaza Benito Pérez Galdós, s/n de Bellavista-Aljaraque (Huelva), se encontraban instaladas y en funcionamiento tres máquinas recreativas tipo A, careciendo de boletines de instalación autorizados para el local donde se explotaban.

Segundo.Por estos hechos se ordenó la incoación de expediente sancionador por esta Delegación de Gobernación, por presuntas infracciones a la normativa sobre máquinas recreativas y de azar, procediéndose por el Instructor designado a formular pliego de Cargos, que se notifica reglamentariamente el día 5 de noviembre de 1993 al interesado, concediéndose plazo para presentar las alegaciones y pruebas que considerase conveniente a sus intereses, sin que hasta el día de la fecha conste alguna en el expediente.

HECHOS PROBADOS

A la vista de las actuaciones que obran en el expediente resultan probados los siguientes hechos:

El día 30 de septiembre de 1993 la empresa operadora Recreativos Ibis, S.A. explotaba en el establecimiento denominado Jopimar, sito en Plaza Benito Pérez Galdós, s/n de Bellavista-Aljaraque (Huelva) las máquinas recreativas tipo A, modelos Little Star, series 92-139, 92-132 y 92-130, de su propiedad, careciendo de boletines de instalación autorizados para el local donde se encontraban instaladas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.El art. 38 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar establece que a los efectos de control de identificación de la máquina y conocimiento de su ubicación, ésta debe poseer un boletín de instalación autorizado mediante un sellado por la Delegación de Gobernación previamente a la instalación de la misma.

Segundo.El art. 46.1 del citado Reglamento, tipifica como infracción grave la explotación o instalación en cualquier forma de máquina de juego careciendo del correspondiente boletín de instalación o matrícula.

Tercero.El art. 48.1 del mismo texto legal, al establecer la escala de sanciones, dispone que las infracciones graves serán sancionadas con multas de 100.001 a 5.000.000 de ptas., procediendo ponderar la cuantía de la misma atendiendo a las circunstancias concurrentes, tal como establece el mismo artículo en su apartado quinto.

Cuarto.Conforme al Real Decreto 1710/84, de 18 de julio, la competencia para resolver en materia de Casinos, Juegos y Apuestas, ha sido transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía, la cual la ha asignado a la Consejería de Gobernación por Decreto 269/84 de 16 de octubre, y en virtud de lo que establece el Decreto 181/1987, de 29 de julio, corresponde al Delegado de Gobernación la competencia para conocer sobre el presente expediente. Vistos los textos legales citados, y demás disposiciones de general y pertinente aplicación, el Instructor designado eleva a V.I. la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCION

Se sancione a la empresa operadora Recreativos Ibis, S.A., (EJA 000109 y CIF A-21049820), como responsable, con una multa de ciento cinco mil pesetas (105.000 ptas.), por cada una de las tres infracciones graves observadas. El total de las sanciones asciende a trescientas quince mil pesetas (315.000 ptas.).

Huelva, 2 de diciembre de 1993.-El Instructor, Macarena Bazán Sánchez.

RESOLUCION

Conforme con la anterior Propuesta. Notifíquese como Resolución de esta Delegación. Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer Recurso Ordinario, en el plazo de un mes, contados a partir del recibo de la presente notificación con los requisitos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Huelva, 2 de diciembre de 1993.-El Delegado, Carlos Sánchez-Nieva Navas.

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