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Estando previsto que la Delegada Provincial de la Consejería de Salud en Granada disfrute de sus vacaciones reglamentarias entre el 16 y el 31 de julio del presente año, y siendo preciso disponer lo oportuno en orden a su suplencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
D I S P O N G O
Artículo único. Durante el período comprendido entre el 16 y el 31 del mes de julio, la Delegada Provincial de la Consejería de Salud en Granada, será suplida por el Secretario General de la citada Delegación.
Sevilla, 21 de julio de 1994
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA Y TORNERO
Consejero de Salud, en funciones
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