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El presente Plan General de Actuación se plantea después de un curso de aplicación del Decreto 66/1993, de 11 de mayo, y por lo tanto, tiene en cuenta la reflexión valorativa que se ha realizado sobre la aplicación del mismo durante el pasado curso.
La puesta en práctica de los principios que fundamentan el modelo de Inspección previsto en el Decreto citado, ha puesto de manifiesto el valor complementario e interdependiente de los mismos como dinamizadores de la organización desde una perspectiva sistémica. Es importante considerar que la planificación, la coordinación y la rentabilización de las especialidades que, por experiencia o titulación, poseen los distintos miembros de un Servicio, no se pueden llevar a la práctica sin la confluencia armónica de la internivelaridad y la referencialidad abierta como requisitos indispensables para realizar una intervención global y especializada, a la vez, sobre instituciones tan complejas como son los centros educativos. Todo lo cual da sentido y coherencia al trabajo en equipo de la Inspección. En consecuencia con lo anterior, y desde la intención de aprovechar la experiencia consolidada en el funcionamiento que la Inspección viene realizando, bajo la dependencia del Delegado Provincial, se organiza su actuación mediante el soporte del Jefe/a del Servicio, el Equipo Básico de Coordinación y los Coordinadores de Equipos de Inspección de Zona Educativa como línea responsable de la planificación, ejecución y evaluación de las actividades propuestas y diseñadas por las diferentes áreas estructurales y curriculares, debidamente integradas entre sí, desde su función asesora y especializada.
El presente Plan General de Actuación establece las prioridades definidas por la Consejería de Educación y Ciencia para la Inspección Educativa. En consecuencia con lo expuesto se dictan las siguientes instrucciones:
I.Objetivos
1.Continuar avanzando en la consolidación de los principios de planificación, coordinación, trabajo en equipo, referencialidad abierta e internivelaridad que sustentan a la estructura organizativa del Servicio de Inspección contemplada en el Decreto 66/1993, de 11 de mayo.
2.Mejorar el nivel de eficacia en el ejercicio de las actuaciones previstas para el curso 1994-95, a través del desarrollo de las estructuras organizativas y de la actuación especializada.
3.Impulsar la presencia de la Inspección en los Centros Escolares.
II.Actuaciones específicas para el curso 1994-95
II.1De los Servicios Provinciales de Inspección. A.Habituales.
Todas las planificadas en la Resolución de 30 de agosto de 1993 (BOJA de 28 de septiembre de 1993).
B)Prioritarias.
B.1.Supervisión de las Memorias Informativas de todos los centros docentes no universitarios y servicios educativos. Diseño: Inspección Central en colaboración con las Dirección Generales de Personal y de Ordenación Educativa.
Estructuras organizativas implicadas:
A nivel asesor.
Area Estructural de Organización académica, didáctica y Memoria Informativa de los centros.
Con carácter ejecutivo.
Equipo Básico de Coordinación y Equipos de Inspección de Zona. Temporalización:
1.er trimestre del curso.
B.1.1.Seguimiento y evaluación de Servicios Educativos:
a)Seguimiento del cumplimiento de la Orden de 20 de mayo de 1992 (BOJA 18 de julio de 1992) por los Centros de Profesores.
b)Evaluación de dos Equipos de Apoyo Externo por cada provincia. Diseño:
Inspección Central en colaboración con el Instituto Andaluz de Evaluación y Formación del Profesorado y con la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional.
Estructuras organizativas implicadas.
A nivel asesor:
Area Estructural de organización académica, didáctica y Memoria Informativa de los centros en colaboración con el Area Estructural de Evaluación. A nivel ejecutivo:
Equipo Básico de coordinación y Equipos de Inspección de Zona. Temporalización:
2º trimestre del curso.
B.1.2.Análisis de los resultados académicos obtenidos por el alumnado. Diseño:
Servicios Provinciales de Inspección Educativa bajo la coordinación de la Inspección Central.
Estructuras organizativas implicadas:
A nivel asesor, según proceda:
Area Estructural de Evaluación.
Area Estrutural de Educación Permanente y Atención a la Diversidad. A nivel ejecutivo:
Equipo Básico de Coordinación y Equipos de Inspección de Zona. Temporalización:
2º y 3.er trimestre.
B.2.Asesoramiento y supervisión de la realización de adaptaciones y diversificaciones curriculares en los centros docentes. Diseño:
Servicios Provinciales de Inspección bajo la coordinación de la Inspección Central, de acuerdo con la normativa regulada por la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional.
Estructuras organizativas implicadas:
A nivel asesor:
Area Estructural de Educación Permanente y Atención a la Diversidad. A nivel ejecutivo:
Equipo Básico de Coordinación y Equipos de Inspección de Zona. Temporalización:
1.er trimestre del curso: Asesoramiento y supervisión de la elaboración del programa base para la diversificación curricular en los centros. Supervisión del tratamiento de la diversidad previsto por los centros para cada alumno objeto de adaptaciones y diversificaciones curriculares. Todo el curso: Seguimiento y supervisión del proceso de aplicación de adaptaciones y diversificaciones curriculares.
B.3.Participación en el seguimiento y la aplicación de los Programas de Evaluación de Centros y Proyectos Curriculares.
Diseño:
Instituto Andaluz de Evaluación y Formación del Profesorado. Estructuras organizativas implicadas:
A nivel asesor:
Area Estructural de Evaluación.
A nivel ejecutivo:
Equipos de Inspección de Zona: Seguimiento de los centros y PCC evaluados durante el curso 1993-94, en colaboración con el Equipo de Evaluación propuesto por el Delegado.
Equipo de Evaluación propuesto por el Delegado Provincial: Evaluación de nuevos centros y PCC.
Temporalización:
Seguimiento: 1º, 2º y 3.er trimestre del curso.
Aplicación de programas de evaluación a nuevos centros: 2º y 3.er trimestre. Cºtras actuaciones.
De acuerdo con los criterios que, en su día, establezca la Inspección Central en coordinación con las Direcciones Generales correspondientes, se realizarán las siguientes:
Informe sobre la situación de los Comedores Escolares de Andalucía. Modificaciones de los Conciertos Educativos.
Informe sobre las aulas hospitalarias de Andalucía.
Seguimiento del proceso de elecciones a los Consejos Escolares de Centro para el curso 1994-95.
Participación en la evaluación de la fase de prácticas del profesorado que ha accedido a puestos de carácter singular de Educación de Adultos. Participación en los procesos de programación, seguimiento y homologación de actividades de formación permanente del profesorado.
Participación en Comisiones.
II.2.Actuaciones de la Inspección Central.
A.Habituales.
Todas las planificadas en la Resolución de 30 de agosto de 1993 (BOJA 28 de septiembre de 1993).
B.Prioritarias.
Aplicación y desarrollo normativo del Decreto 66/1993, de 11 de mayo, por el que se regula la Ordenación de la Función Inspectora en Andalucía. Seguimiento y evaluación externa de la actuación de los Servicios Provinciales con referencia al citado Decreto y al presente Plan General de Actuaciones.
Elaboración del modelo correspondiente a la actuación prioritaria B.1 y B.1.1 definida para los Servicios Provinciales de Inspección. Coordinación de las actuaciones B.1.2, B.2 y B.3 definidas para los Servicios Provinciales de Inspección.
Constitución del área estructural de Areas Transversales y de las Areas Curriculares.
III.Organización y Funcionamiento
Se integra en el presente Plan General todo lo regulado en relación con la organización y funcionamiento de la Inspección Educativa mediante la Resolución de la Viceconsejería de Educación y Ciencia de 30 de agosto de
1993, salvo lo que específicamente se modifica en la presente Resolución. III.1.Sobre el trabajo a desarrollar por los Asesores-Colaboradores del Area de Tecnología.
Integrados en los Equipos de Inspección de Zona, colaborarán en la realización de las siguientes actividades:
Escolarización en los niveles de F.P. y Ciclos Formativos. Dentro del grupo de trabajo del Area Estructural de Formación Profesional podrán realizar estudios, seguimiento y asesoramiento sobre los siguientes temas:
Materias de Tecnología de la actual Formación Profesional. Area de Tecnología en la Educación Secundaria.
Programas de Garantía Social.
Programas de Formación en centros de trabajo.
Programas de Integración y Educación Especial en Formación Profesional. Participación en la organización y realización de Pruebas de Enseñanzas no escolarizadas (Ordinaria, Cuarteles, Proyecto MAREP).
IV.Calendario
A partir del presente Plan General, los Servicios de Inspección elaborarán sus respectivos Planes Provinciales de Actividades.
El plazo para la elaboración de los mismos será hasta el 4 de noviembre y, una vez aprobado por el Delegado Provincial, será remitido, a través de éste, a la Viceconsejería antes del día 16 del mismo mes.
V.Evaluación del Plan General de Actuación
Se realizará a dos niveles:
a)Mediante la evaluación interna de su grado de aplicación y cumplimiento en los respectivos Planes Provinciales de Actividades, a realizar por cada Servicio Provincial con carácter continuo y cuyo balance final se plasmará en la correspondiente Memoria.
b)Mediante la evaluación externa que la Inspección Central realizará sobre su aplicación y cumplimiento en los Servicios Provinciales.
Sevilla, 28 de julio de 1994.-El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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