Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 20/8/1994

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 27 de julio de 1994, de la Comisión Gestora de la Universidad de Jaén, por la que se convocan concursos para la provisión de plazas Docentes.

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Uno. De conformidad con lo dispuesto en el art. 39-2º de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; art. 2.4 del Real Decreto

1888/84, de 26 de septiembre, por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios y el Real Decreto

1427/1986, de 13 de junio, que lo modifica y a tenor de lo establecido en el art. 8 de la Ley 5/93, de 1 de julio, del Parlamento de Andalucía, por la que se crea la Universidad de Jaén,

Esta Presidencia, en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Comisión Gestora, ha resuelto convocar concursos para la provisión de las plazas docentes que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.

Dos. Estos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto de Reforma Universitaria («Boletín Oficial del Estado« de 1 de septiembre); el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado« del 26), por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios; la Orden de 28 de diciembre de 1984 («Boletín Oficial del Estado« de 16 de enero de 1985), por la que se desarrolla, con carácter transitorio, dicho Real Decreto; Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, sobre modificación parcial del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y en lo no previsto por estas disposiciones, por la legislación vigente que regula el régimen general de ingreso en la Administración Pública y demás normas de general aplicación.

Tres. La tramitación de los concursos para la provisión de las plazas citadas será independiente para cada una de ellas, quedando garantizados, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito. Las Comisiones nombradas para juzgar los concursos están clasificadas, a efectos económicos, en la categoría primera del Anexo IV del Real Decreto

1344/84, de 4 de julio.

Cuatro. Para ser admitidos a los concursos, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a)Se español.

b)Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c)No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d)No padecer enfermedades ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

La documentación que acredita reunir estas condiciones deberá ser presentada por aquellos candidatos que hayan superado las pruebas.

Cinco. Deberán reunir, además, las condiciones específicas que se señalan en el artículo 4-1 a), del Real Decreto 1888/84, de 26 de septiembre.

Seis. Quienes deseen tomar parte en estos concursos, remitirán la correspondiente solicitud al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Jaén, por cualquiera de los procedimiento establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado mediante instancia, según modelo del anexo II, debidamente cumplimentada, junto con los documentos que acrediten reunir las condiciones específicas para particiar en los concursos. De acuerdo con el artículo 5,1, del Real Decreto

1427/86, la concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.

Los aspirantes deberán justificar haber abonado en la Oficina Principal de Unicaja, Paseo de la Estación 26 de Jaén, en la cuenta núm. 023000118 a nombre de la Universidad de Jaén: Prestación de Servicios, la cantidad de

1.500 pesetas en concepto de derechos.

Cuando el pago se efectúe por transferencia bancaria, éste se dirigirá a la citada entidad, haciendo constar en el taloncillo destinado a dicho Organismo los datos siguientes: nombre y apellidos del interesado y plaza a la que concursa.

Las instancias serán facilitadas en el Servicio de Personal o en el Negociado de Información de la Universidad de Jaén, sito en Paraje Las Lagunillas, s/n de Jaén y deberá presentarse una instancia y documentación por cada plaza a la que se desee concursar.

Siete. De acuerdo con el apartado 1 del artículo 9 del Real Decreto 1888/84 se adjunta modelo de currículum vitae (Anexo III): El candidato deberá presentar el currículum en el acto de presentación del concurso.

Ocho. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, esta Presidencia, por cualquiera de los procedimientos administrativos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes la relación completa de los admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra esta Resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar reclamación ante el Presidente de la Comisión Gestora en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la lista de admitidos y excluidos.

Nueve. El Presidente de la comisión dictará una Resolución que deberá ser notificada a todos los aspirantes admitidos, con una antelación mínima de quince días naturales, para realizar el acto de presentación de concursantes y con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto, que no podrá exceder de dos días hábiles desde la constitución de la comisión.

Diez. En el acto de presentación, los concursantes entregarán al Presidente de la comisión la documentación señalada en el artículo 9 del Real Decreto

1888/84, de 26 de septiembre, y el Real Decreto 1427/86, de 13 de junio. El currículum vitae y el proyecto docente deberán ser entregados por sextuplicado (uno para cada miembro de la comisión y otro para el archivo en el expediente de esta Universidad).

Once. Los candidatos propuestos para la provisión de plaza deberán presentar en la Secretaría General de la Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguiente al de concluir la actuación de la comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a)Fotocopia del documento nacional de identidad.

b)Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad, expedido por la Dirección Provincial o Consejería, según proceda, competentes en materia de Sanidad.

c)Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

Doce. En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado«, el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la condición de funcionario, a todos los efectos.

Trece. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación de las comisiones, podrán ser impugnadas ante el Presidente de la Comisión Gestora en los casos y en la forma previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

Jaén, 27 de julio de 1994.-El Presidente, Luis Parras Guijosa.

ANEXOI

UNIVERSIDAD DE JAEN

Cuerpo: Profesores Titulares de Escuela Universitaria

Plaza núm. 27-A. Area de Conocimiento: Enfermería. Departamento: En constitución. Actividad Docente: Fisiología Humana. Clase de convocatoria: Concurso.

Plaza núm. 27-B. Area de Conocimiento: Enfermería. Departamento: En constitución. Actividad Docente: Enfermería Médico-Quirúrgica «I«. Clase de convocatoria: Concurso.

Plaza núm. 27-C. Area de Conocimiento: Enfermería. Departamento: En constitución. Actividad Docente: Anatomía Humana. Clase de convocatoria: Concurso.

Plaza núm. 27-D. Area de Conocimiento: Enfermería. Departamento: En constitución. Actividad Docente: Enfermería Fundamental. Clase de convocatoria: Concurso.

Plaza núm. 27-E. Area de Conocimiento: Enfermería. Departamento: En constitución. Actividad Docente: Enfermería Comunitaria «III«. Clase de convocatoria: Concurso.

Plaza núm. 27-F. Area de Conocimiento: Enfermería. Departamento: En constitución. Actividad Docente: Enfermería Geriátrica. Clase de convocatoria: Concurso.

Ver Modelos de Solicitud en BOJA núm. 74, de 22.9.89. Págs. 4.211 a 4.216

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