La Junta
Consejo de Gobierno
Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 18 de noviembre de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 4247/92, promovido por Fundicorte, S.L. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debemos desestimar y desestimamos la demanda deducida por «Fundicorte, S.L.« contra la resolución de 12.6.92, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, que desestimó recurso de alzada contra la de la Dirección Provincial de Trabajo de Sevilla de 28.1.92 dada la conformidad de tales resoluciones con el ordenamiento jurídico. Sin imposición de costas.
Sevilla, 14 de septiembre de 1994.-El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
Descargar PDF
Disposición anterior
Disposición siguiente