La Junta
Consejo de Gobierno
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Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación del escrito sobre el cierre de una oficina que la Agencia de Viajes Travel Quinto Centenario SA. tiene en Sevilla, siendo a la vez Sede Social, por medio de la presente, en virtud de lo previsto en el artículo 59, párrafo 4º de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica lo que se transcribe a continuación:
«Visto el informe emitido por el personal inspector de este Servicio, tras visita efectuada con fecha 22.8.94 a la oficina de la Agencia de Viajes denominada Travel Quinto Centenario SA., sita en la calle Tetuán núm. 8 y
10-1º D y E de esta ciudad se comprueba que se encuentra cerrada y según manifiestan las oficinas colindantes, sin actividad desde hace varios meses, que el establecimiento conserva en la puerta de la oficina rótulo identificativo.
A la vista de lo anteriormente expuesto, con carácter previo a resolver sobre la cancelación de oficio de la inscripción del establecimiento, se le pone de manifiesto el expediente en trámite de audiencia durante el plazo de quince días, durante los cuales podrá alegar y presentar los documentos que estime pertinentes, o formalizar, caso de cese de actividad, la baja del establecimiento mediante impreso normalizado cuyo modelo se adjunta el presente«.
Sevilla, 7 de septiembre de 1994.-El Delegado, Francisco Javier de Soto Chazarri.
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