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El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada hace saber que el Pleno Municipal en fecha 27 de mayo de 1994 adoptó el siguiente acuerdo: «Se presenta a Pleno expediente núm. 2703/94 del Servicio de Urbanismo relativo al Proyecto de Tasación Conjunta de la Expropiación Forzosa de San Lázaro, para la fijación de los justiprecios expropiatorios de los titulares de bienes y derechos fijados con carácter definitivo en el expediente de expropiación núm. 4.893/92, habiendo sido redactado de conformidad con el contenido y documentos exigidos en los artículos 219 de la Ley del Suelo vigente, y 202 del Reglamento de Gestión Urbanística. En consecuencia, aceptando Dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo y Obras Públicas, de fecha 16 de mayo de 1994, y en base a informe del Servicio, el Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoría y por tanto con el quórum de la mayoría absoluta legal:
Primero. Aplicar el procedimiento de tasación conjunta regulado en los artículos 219 y siguientes de la Ley del Suelo, y 202 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística para la determinación de los justiprecios indemnizatorios en la Expropiación Forzosa de San Lázaro.
Segundo. Aprobar inicialmente el Proyecto de Tasación Conjunta de la Expropiación Forzosa del Barrio de San Lázaro que contiene los siguientes documentos: TomoI: Memoria, Relación de propietarios afectados por la expropiación, Hoja de Aprecio Individual por propietarios; y TomoII: Hoja de aprecio individual por parcelas, Hoja de aprecio de indemnizaciones de arrendamientos, indemnizaciones totales y Planos, obrantes en el expediente.
Tercero. Abrir trámite de Información Pública por plazo de un mes, publicándose el anuncio en los Boletines Oficiales de la Junta de Andalucía y de la Provincia, y en la prensa local; notificándose individualizadamente a los interesados que figuren en el expediente, dándoles traslado de la hoja de aprecio en la que figure la tasación de cada bien o derecho a expropiar, para que puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes -con la advertencia de que los errores no denunciados o no justificados en esta fase no darán lugar a nulidad o reposición de actuaciones-, según lo dispuesto en el punto4 del artículo 219 de la Ley del Suelo y 202.4, y 204 del Reglamento de Gestión Urbanística.«
Lo que se hace público para general conocimiento, sometiéndose el Proyecto de Tasación Conjunta al trámite de Información Pública por plazo de un mes, a contar de la publicación de este anuncio en el último de los Boletines Oficiales en que aparezca inserto (BOJA/BOP), para que quienes puedan resultar interesados formulen las observaciones y reclamaciones que tengan por convenientes en relación a la titularidad, superficie y/o valoración de los respectivos derechos, y se puedan aportar los documentos o dictámenes periciales que se estimen oportunos; sirviendo esta publicación, de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado paradero, a los efectos prevenidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre sobre Procedimiento Administrativo Común; encontrándose el expediente de manifiesto en el Area de Urbanismo sita en calle Escudo del Carmen núm.3, Edificio Rey Soler, de Granada.
Granada, 14 de junio de 1994.-El Alcalde, P.D., El Teniente de Alcalde.
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