Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
BASES PARA CUBRIR, EN PROPIEDAD, PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO INTEGRANTES DE LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA 1994, APROBADAS POR EL PLENO DE LA CORPORACION MUNICIPAL EN SESION DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 1994
I. Bases generales.
Primera. Se convocan, para su provisión en propiedad, las plazas de este Excelentísimo Ayuntamiento que figuran en los anexos de las presentes bases generales.
Estas plazas pertenecen a la Escala, Subescala o Clase que se indican, y están dotadas de los haberes correspondientes al Grupo que igualmente se especifica.
De ellas se reservan a promoción interna de funcionarios en propiedad de la propia Corporación el número de plazas que se indican en los anexos respectivos, teniendo los aspirantes que ingresen por este sistema preferencia para cubrir las vacantes correspondientes sobre los que accedan por el sistema de turno libre. Las vacantes sin cubrir de las reservadas a promoción interna podrán ser cubiertas por el resto de los aspirantes.
Segunda. La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes bases y anexos correspondientes, y, en su defecto, se estará a lo establecido en el R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, de medida para la Reforma de la Función Pública; R.D. 2223/84, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, por el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y por cualquier otra disposición aplicable.
II. Requisitos de los aspirantes.
Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
A)Ser español.
B)Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten al menos diez años para la jubiliación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.
C)No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
D)No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
E)No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
F)Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los anexos correspondientes.
Cuarta. Los requisitos establecidos en las bases anteriores, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.
III. Solicitudes.
Quinta. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en las instancias que les sean facilitadas y presentarlas en el Registro General del Ayuntamiento, dirigidas al Excelentísimo Señor Alcalde, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de estas convocatorias en el "Boletín Oficial del Estado".
A las instancias, que también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán ajustarse los correspondientes justificantes de haber abonado los derechos de examen. Igualmente, los méritos que se aleguen para su valoración en la fase de concurso deberán ser acreditados por los participantes en el momento de presentar la solicitud de admisión de la convocatoria.
IV. Admisión de candidatos.
Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, se publicarán en el "Boletín Oficial de la Provincia" la resolución de la Alcaldía aprobando las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constarán los nombres y apellidos de los candidatos, y, en su caso, la causa de la no admisión.
Séptima. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la resolución anterior establecerá un plazo de diez días para subsanación de errores.
Octava. En ningún caso será necesaria la previa inscripción en las oficinas de empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente oferta de empleo público.
V. Tribunales.
Novena. Los Tribunales Calificadores de las pruebas quedarán formados como sigue:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. Vocales:
-Un representante de la Comunidad Autónoma.
-Un representante del Profesorado Oficial, designado por el Instituto de Estudios de Administración Local.
-El Director o Jefe del respectivo Servicio dentro de la especialidad.
-Un Técnico o experto designado por el Presidente de la Corporación.
-Un funcionario de carrera, designado por el Presidente de la Corporación, a propuesta de la Junta de Personal.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la indicada Ley y adoptará sus decisiones por mayoría de votos presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente. Si por cualquier circunstancia no concurren a alguna de las sesiones el Presidente y el Secretario, se suplirán por los Vocales de mayor y menor edad, respectivamente.
Los Tribunales quedan facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, así como para incorporar especialistas en pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos. Tales especialistas actuarán con voz pero sin voto.
VI. Desarrollo de los ejercicios.
Décima.El calendario del inicio de las pruebas, y la hora y lugar de su realización, se publicarán en el "Boletín Oficial" de la provincia. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal calificador. En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.
En las pruebas orales podrán los Tribunales calificadores conceder a los aspirantes un período de hasta 15 minutos para hacer un guión sobre los temas extraídos por sorteo, sin que para la preparación del mismo pueda consultarse texto alguno. Transcurridos 10 minutos desde que el aspirante comenzara su exposición, el Tribunal calificador podrá decidir que abandone la prueba, por estimar su actuación notoriamente insuficiente. En la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer opositor cuyo primer apellido, según lista de admitidos ordenada alfabéticamente, comience con la letra ..... Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzara por la letra indicada, actuará en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por las letras del alfabeto inmediatamente siguientes.
VII. Sistema de Calificación.
Undécima.Fase de oposición. Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal calificador, serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos, excepto en aquellas convocatorias en cuyos anexos se disponga lo contrario.
El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10, obteniéndose la calificación de cada ejercicio por la media de puntos concedidos por cada miembro del Tribunal, pudiéndose eliminar, si se considera oportuno, las puntuaciones mayor y menor, al objeto de garantizar la equidad en la nota concedida a los aspirantes.
Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.
Fase de concurso: En aquellas convocatorias en que así se determine en los Anexos respectivos, se valorarán, con carácter previo a la oposición, los méritos incluidos en los baremos correspondientes, que no podrán en ningún caso otorgar una puntuación superior a la que pudiera concederse como máximo, en la fase de oposición. En los referidos Anexos, deberá explicitarse el sistema de acreditación de los méritos. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. La puntuación definitiva de los aspirantes y el orden de calificación estará determinado por las sumas de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.
VII.Puntuación y propuesta de selección.
Duodécima.Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de seleccionados no podrá rebasar el número de plazas convocadas.
Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, a la Presidencia de la Corporación, quien, a su vez, formulará la correspondiente propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno de la misma.
IX.Presentación de documentos y nombramiento.
Decimotercera.El aspirante propuesto deberá aportar, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos exigidos en las bases tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los anexos.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus instancias. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Cumplidos los trámites, el Presidente de la Corporación elevará propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno Municipal, en favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente a aquel en que le sea notificado.
Base final.El número de plazas convocadas, que figura en los anexos de las presentes bases generales, podrá incrementarse con aquellas pertenecientes a la misma Escala, Subescala, categoría y clase, que queden vacantes, por cualquier circunstancia, antes del inicio de las pruebas selectivas correspondientes.
ANEXOI
Denominación de la plaza: Bibliotecario.
Número de plazas: Una.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Grupo: B.
Nivel: 20.
Funciones de la plaza: Custodia y catalogación de fondos bibliográficos y otros soportes culturales; atención al servicio de lectura, consulta y préstamo de fondos pertenecientes a la Biblioteca Municipal; dirección de programas de fomento de la lectura y promoción de libro; custodia física y garantía de acceso público al Archivo Histórico Municipal, situado en el mismo edificio de la Biblioteca, hasta tanto se cree y dote de plaza de Archivero; otras actividades de extensión cultural.
Titulación exigida: Diplomado en Biblioteconomía, Diplomado en Geografía e Historia o Diplomado en Filología.
Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Derechos de examen: 2.000 ptas.
A)Fase de Concurso.
Será previa a la oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Los méritos a valorar serán los siguientes:
-Diplomatura de Biblioteconomía: 0,50 puntos.
-Otros títulos oficiales relacionados con los cometidos propios de la plaza convocada: hasta 0,30 puntos.
-Cursos oficiales de formación o perfeccionamiento relacionados con la materia específica de la plaza: hasta 0,25 puntos.
-Publicaciones, participación en Congresos y jornadas directamente relacionadas con el contenido de la plaza: hasta 0,25 puntos.
-Cursos de idiomas: hasta 0,10 puntos.
-Experiencia laboral específica, en puestos de trabajo de Bibliotecario:
0,02 puntos por mes, hasta un máximo de 0,50 puntos.
Puntuación máxima total: 2 puntos.
Los méritos deberán acreditarse mediante certificación oficial o, en caso de no ser posible su obtención, mediante fotocopia debidamente compulsada por la Secretaría Municipal.
En ningún caso se tendrán en cuenta méritos que no hayan sido previamente aportados, debiendo encontrarse en poder del Ayuntamiento el último día de presentación de instancias.
B)Fase de Oposición.
Las pruebas a superar por los aspirantes, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio, serán las siguientes:
Primer ejercicio. Consistirá en redactar y posteriormente exponer y defender oralmente ante el tribunal, un Proyecto sobre puesta en funcionamiento de una Biblioteca Municipal.
Dicho Proyecto deberá ser entregado en el Ayuntamiento (Registro general) al menos con una antelación de 48 horas al comienzo del ejercicio y su extensión máxima será de 15 folios mecanografiados a una sola cara. El tiempo máximo de exposición del trabajo será de 20 minutos pudiendo el tribunal realizar las preguntas que juzgue oportunas a la finalización del ejercicio.
Se valorará la formación general del aspirante, la claridad y orden de ideas, la capacidad de raciocinio. La sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones, y la aportación personal que se realice. La puntuación máxima que se podrá obtener por la realización del ejercicio será de 3 puntos, siendo el mínimo para aprobar de 1,5 puntos. Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, tres temas, comunes a todos los aspirantes, extraídos a la suerte inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, de entre los comprendidos en el Programa Anexo a la convocatoria: uno del grupo I (Materias comunes) y dos del grupo II (Materias específicas), de ellos uno de Biblioteconomía (Parte primera) y otro de Bibliografía, Historia del libro y Documentación (Parte segunda).
Se valorarán los conocimientos sobre los temas desarrollados. La puntuación máxima que se podrá obtener en el ejercicio será de 10 puntos, siendo el mínimo para aprobar de 5 puntos.
Tercer ejercicio.Consistirá en una prueba de catalogación, que se realizará mediante la redacción de la ficha principal de dos obras impresas modernas en lengua castellana y una revista, en inglés, francés o alemán, a elegir por el aspirante. La prueba se realizará en un tiempo máximo de dos horas. El tribunal procurará que los materiales sean iguales para todos los opositores, y en caso de imposibilidad, deberán ser, al menos, de características semejantes, procediéndose al sorteo de los mismos. Se valorarán los conocimientos en la ejecución de la prueba realizada. La puntuación máxima que se podrá obtener en el ejercicio será de 10 puntos, siendo el mínimo para aprobar de 5 puntos.
Grupo Primero.Materias comunes.
1.La Constitución Española de 1978. Significado y estructura. Principios generales. La Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.
2.Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Defensor del Pueblo.
3.La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.
4.La Organización de la Administración Pública en el ordenamiento español. El Gobierno y la Administración del Estado. La organización ministerial. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Las Comisiones delegadas del Gobierno. Los Ministros.
5.Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. Los Estatutos de Autonomía: procedimiento de elaboración, contenido y valor normativo. El sistema institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
6.El Derecho Administrativo. Concepto. Fuentes del Derecho administrativo. Principios de actuación de la Administración pública. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho.
7.El acto administrativo. El procedimiento administrativo. Significado. Fases del procedimiento administrativo general.
8.La Administración Local en la organización territorial del Estado. Entidades que comprende. El régimen local español. Regulación jurídica.
9.La Provincia en el Régimen Local. Organización provincial y competencias.
10.El Municipio. Concepto y elementos. La organización municipal. Competencias. El Alcalde: Elección y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.
11.Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos. El Procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y salida de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
12.La función pública local. Organización. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Derecho de sindicación. La Seguridad Social de los funcionarios locales. Régimen disciplinario.
13.Haciendas locales: clasificación de los ingresos. Los presupuestos locales. La contabilidad. Los Bienes de las Entidades Locales. Régimen jurídico del dominio público.
Grupo Segundo. Materias Específicas.
Parte primera. Biblioteconomía.
1.La legislación de Patrimonio histórico español y de Andalucía. Principios generales. El patrimonio documental y bibliográfico.
2.La Ley de Bibliotecas de Andalucía.
3.La Biblioteconomía y la formación profesional del Bibliotecario en la actualidad.
4.Organizaciones internacionales al servicio de las Bibliotecas.
5.La organización Bibliotecaria española. El sistema Bibliotecario de Andalucía (SIBIA).
6.Construcción, instalación y equipamiento de una Biblioteca. Conservación de materiales Bibliotecarios.
7.Selección y adquisición de libros y otros materiales Bibliotecarios: criterios, fuentes y métodos. Planes cooperativos y centralizados.
8.Proceso técnico de los fondos bibliográficos.
9.Ordenación y conservación de los fondos bibliográficos y no bibliográficos.
10.Análisis de los distintos tipos de catálogos utilizados en las Bibliotecas.
11.Principales sistemas de clasificación bibliográfica. La clasificación universal.
12.Automatización de Bibliotecas en la gestión y los servicios.
13.Las Bibliotecas Nacionales.
14.Las Bibliotecas Universitarias.
15.Las Bibliotecas Públicas: Objetivo, funciones. Organización y servicios.
16.Las Bibliotecas infantiles y Bibliotecas escolares. Diferencias y similitudes.
17.Los servicios de referencia, préstamos e información bibliográfica en las Bibliotecas. Orientación al lector.
18.Sociología de la lectura. Hábitos de lectura. Tipología del lector. Promoción de la lectura pública.
19.Formación de usuarios. La planificación Bibliotecaria.
20.Gestión y administración de Bibliotecas. Programación, recursos financieros y humanos. Control y evaluación de los servicios.
21.Formación de usuarios.
22.Servicios de lectura para sectores específicos de la población; enfermos, minusválidos, reclusos, tercera edad, etc.
23.Políticas culturales y fomento institucional de la lectura. La bibliografía como centro cultural. Condiciones sociales de acceso a la lectura.
24.Redes telemáticas de Bibliotecas. Los servicios en sistemas distribuidos. Catalogación compartida, préstamo interbibliotecario y servicios de consulta.
25.Las nuevas tecnologías de la información y su empleo en los servicios Bibliotecarios. El videotex, el disco óptico y la lectura óptica.
Parte segunda. Bibliografía. Historia del libro y de las Bibliotecas. Documentación.
1.Definición y objetivos de la bibliografía. Teoría y técnica.
2.Evolución histórica de la Bibliografía.
3.Estado actual de la bibliografía en el mundo. Control bibliográfico universal. Disponibilidad universal de las publicaciones.
4.Bibliografía de bibliografías. Bibliografía de manuscritos, incunables y raros.
5.Bibliografías generales y especializadas.
6.Bibliografías nacionales.
7.Bibliografías de publicaciones periódicas, oficiales y comerciales.
8.Información bibliográfica y orientación al lector. La selección de referencia, bibliografías críticas y guías de lectura.
9.Los catálogos. Catálogos de Bibliotecas: su difusión. Catálogos colectivos nacionales e internacionales.
10.El libro infantil. Obras de referencia y bibliografía.
11.La propiedad intelectual. Legislación española y convenios internacionales.
12.El libro y las Bibliotecas en la antigüedad.
13.El libro y las Bibliotecas en la Edad Media.
14.Invención y difusión de la imprenta. Los incunables. La imprenta en Andalucía, desde los orígenes hasta nuestros días.
15.El libro y las Bibliotecas desde el siglo XVI al si- glo XIX.
16.Transformación y desarrollo de la Biblioteca en el siglo XX. Movimiento Bibliotecario anglosajón y su influencia en otros países.
17.La encuadernación e ilustración del libro. Panorama histórico general.
18.La industria editorial en España.
19.Problemas históricos de las Bibliotecas y la lectura en España.
20.La documentación. Concepto. Documentos primarios y sus derivados.
21.La Biblioteca especializada y el centro de documentación. Funciones y características.
22.Los lenguajes documentales.
23.El "Thesaurus". Elementos, construcción y mantenimiento de un "Thesaurus".
24.La cadena documental y la recuperación de la información. Búsqueda retrospectivas y D.S.I.
25.Informatización de servicios bibliográficos y documentales. Aplicaciones a Bibliotecas y centros de documentación.
ANEXOII
Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo.
Número de plazas: Cuatro.
Escala: Administración General.
Subescala: Auxiliar.
Grupo: D.
Nivel: 14.
Funciones de la plaza: las propias de la subescala.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional o equivalente. Sistema de selección: oposición libre.
Derechos de examen: 1.500 ptas.
Ejercicios. Todos ellos serán obligatorios y eliminatorios.
Primer ejercicio.
Consistirá en realizar la copia a máquina, durante 10 minutos, de un texto que facilitará el Tribunal, a una velocidad mínima de 250 pulsaciones por minuto.
Se valorará la velocidad desarrollada, la limpieza y exactitud de lo copiado y la corrección que presente el escrito.
Segundo ejercicio.
Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, dos temas extraídos al azar de entre los que figuran en el programa anexo a la convocatoria, uno de la parte de materias comunes y otro de la parte de materias específicas.
Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos, la composición gramatical y la claridad de expresión.
Tercer ejercicio.
Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora y treinta minutos, un tema de carácter general señalado por el Tribunal relacionado con las materias del Programa que se acompaña a la convocatoria, sin que tenga que atenerse a un epígrafe concreto del mismo. Se valorará el nivel de formación general, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.
Cuarto ejercicio.
Consistirá en una prueba objetiva formada por supuestos de carácter práctico, dirigida a apreciar la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación y corrección de documentos escritos mediante la utilización de sistemas de tratamientos de textos.
La resolución de los supuestos se efectuará por los aspirantes marcando las respuestas en las correspondientes hojas de examen, sin que el opositor tenga que utilizar el ordenador ni aplicar un determinado sistema de tratamientos de textos en el acto del examen.
TEMARIO
1.Materias comunes.
A)Constitución Española.
1.La Constitución Española de 1978. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.
2.Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Defensor del Pueblo.
B)Organización del Estado.
3.La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.
4.La Organización del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.
5.La organización de la Administración pública en el ordenamiento español. La Administración del Estado. La organización ministerial. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Las Comisiones delegadas del Gobierno. Los Ministros.
C)Estatuto de Autonomía.
6.La constitución de las Comunidades Autónomas. Competencias. El Estatuto de Autonomía: Procedimiento de elaboración, contenido y valor normativo. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.
D)Derecho Administrativo General.
7.El Derecho Administrativo. Concepto. Fuentes del Derecho administrativo. Principios de actuación de la Administración pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.
8.El procedimiento administrativo. Su significado. Fases del procedimiento administrativo general.
E)Régimen Local.
9.La Administración Local. Concepto. Entidades que comprende. El régimen local español. Regulación jurídica.
10.La Provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias. El Presidente de la Diputación provincial. Los Vicepresidentes. El Pleno de la Diputación. La Comisión de Gobierno. Comisiones Informativas.
11.El Municipio. Su concepto. Organización municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.
12.Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria del orden del día. Actas y certificados de acuerdos.
13.El Procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
14.La función pública local y su organización.
15.Derechos y deberes de los funcionarios locales. Derecho de sindicación. La Seguridad Social de los funcionarios locales.
16.Haciendas Locales: clasificación de los ingresos. Los presupuestos locales.
2.Materias Específicas.
17.Introducción a la comunicación humana. El lenguaje como medio de comunicación. Diferencia entre información y comunicación. Tipos de comunicación: oral y telefónica.
18.Atención al público. Acogida e información al administrado. Los servicios de información administrativa.
19.Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo. Especial consideración al archivo de gestión.
20.Análisis documental: documentos oficiales. Formación del expediente. Documentación del apoyo informativo. Criterios de ordenación de archivos. El archivo como fuente de información: servicios del archivo.
21.Aplicación de las nuevas tecnologías a la documentación del archivo. Disposiciones legales sobre normalización y procedimiento: Escritos oficiales.
22.El concepto de informática. Desarrollo histórico. La información y el ordenador electrónico. Nociones sobre microordenadores. Elementos físicos. Sistema operativo. Programa de aplicación.
23.La automatización de las oficinas. Conceptos y aplicaciones. Sistemas físicos y lógicos. Archivo y agenda electrónica.
24.Los sistemas de tratamiento de textos.
25.La hoja electrónica de cálculo. Los gráficos de oficina. El correo electrónico.
Carmona, 4 de octubre de 1994.-El Alcalde.
Descargar PDF