Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 19/11/1994

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 10 de octubre de 1994, de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Administración Universitaria.

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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de Andalucía

4/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Huelva, y con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en uso de la autorización contenida en el artículo 37.1 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, sobre aplicación del artículo 15 y la disposición transitoria decimoquinta de la Ley de Reforma de la Función Pública y los artículos 39, 33 y 32 de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para 1989, 1990 y 1991. Esta Presidencia de la Comisión Gestora, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 7 de la citada Ley y el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3, e) de la misma norma, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Huelva, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas Generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, por el sistema de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

1.2. Las presentes pruebas selectivas se regirán por las bases de esta convocatoria, y en cuanto les sea de aplicación por la Ley 30/84, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el artículo 37 de la Ley 31/1990; el Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre («Boletín Oficial del Estado« del 21), Ley 4/1993 de 1 de julio, de creación de la Universidad de Huelva, y, con carácter supletorio, el acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, hecho público por Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado« número 78, 1 de abril).

1.3. El proceso selectivo constará de una fase de concurso y otra de oposición con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5. El personal que supere las pruebas selectivas quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en el que la plaza de laboral se haya reconvertido.

1.6. El ejercicio de la fase de oposición se realizará a partir del 15 de noviembre de 1994.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

f) Estar vinculado por una relación de empleo de carácter laboral indefinido con la Universidad de Huelva, pertenecer al Grupo I-Titulado Grado Superior del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Andaluzas y ocupar puesto de trabajo adscrito al Grupo A en la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo del Personal Funcionario de la Universidad de Huelva.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base anterior deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente por la Sección de Personal de la Universidad de Huelva. A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad y la siguiente documentación:

a) Certificación expedida por la Sección de Personal de la Universidad de Huelva, que acredite que el puesto de trabajo del que es titular el interesado, ha sido adscrito al Grupo de funcionarios al que pertenece la Escala objeto de esta convocatoria.

b) Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación, expedida por la Sección de Personal de la Universidad de Huelva, acreditativa de su antigüedad en la misma.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva en el plazo de 5 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía«.

3.3. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, dictará resolución en el plazo máximo de cinco días, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución (que deberá publicarse en el Tablón de anuncios del Rectorado se incluirá la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos, y se determinará el lugar de realización de los ejercicios. En la lista deberán constar en todo caso los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, así como la causa de la exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

5. Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad.

5.7. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado« del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en los Servicios Centrales de la Universidad de Huelva, C/ Cantero Cuadrado, núm. 6, Teléfono (959) 226550.

El Tribunal dispondrá, que en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexoV del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía« de 21 de abril).

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con finalidad de acreditar su personalidad.

6.2. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados.

7.1. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos otros que estimen oportunos, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad. La puntuación total se obtendrá de la forma establecida en el AnexoI de esta convocatoria.

La lista de aprobados no podrá superar el número de plazas convocadas. El Presidente del Tribunal enviará copia de la lista de aprobados al Presidente de la Comisión Gestora con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Rectorado de la Universidad las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en la Sección de Personal de la Universidad, los siguientes documentos, en el caso de que no obren ya en los respectivos expedientes personales:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disiciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexoIV a esta convocatoria.

8.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado«.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas enviado a la Universidad convocante con el apartado «Reservado para la Administración« debidamente cumplimentado.

Norma Final

1. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley.

Huelva, 10 de octubre de 1994.-El Presidente, Francisco Ruiz Barraquero.

ANEXOI

Ejercicios y valoración

La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa que figura en el AnexoII de esta Convocatoria. El tiempo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

Segundo ejercicio: Constará de cuatro supuestos de carácter práctico, de los que se deberá contestar dos a elección del opositor. El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

Los ejercicios se calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario un mínimo de cinco puntos para superarlo.

La fase de concurso se realizará de la forma siguiente:

- Antigüedad: La antigüedad se valorará hasta un máximo de diez puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, concediéndose 0,40 puntos por cada año completo de servicios efectivos, o fracción mensual que corresponda, hasta el límite máximo.

Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición, serán sumados a la puntuación final del mismo para establecer la puntuación definitiva de cada uno de los aspirantes.

ANEXOII

Temario

Tema 1. El concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica. La Constitución Española de 1978. Estructura general.

Tema 2. Los valores superiores de la Constitución. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución Española. Garantías y Suspensión.

Tema 3. El Estado Español como Estado Social y democrático de derecho. La participación social en la actividad del Estado: Su inserción en los órganos de la Administración Pública.

Tema 4. El modelo económico de la Constitución Española. Principios informadores y objetivos específicos.

Tema 5. La Corona. Regulación en la vigente Constitución Española. Atribuciones, sucesión, regencia y tutoría.

Tema 6. Las Cortes Generales. Sistema electoral, composición, organización y funciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

Tema 7. Procedimiento de elaboración y aprobación de leyes, sus modalidades, Referéndum.

Tema 8. La función parlamentaria de control del Gobierno. Modalidades.

Tema 9. El Gobierno. Funciones y potestades en el sistema constitucional español. La designación y remoción del Gobierno y su Presidente. Composición del Gobierno.

Tema 10. Gobierno y Administración. Regulación en la Constitución Española de las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

Tema 11. Regulación de la organización territorial del Estado en la Constitución Española de 1978: Principios Generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas.

Tema 12. Estado y Comunidades Autónomas. Delimitación de competencias. Materias en las que el Estado tiene competencia exclusiva.

Tema 13. Regulación del Tribunal Constitucional en la Constitución Española de 1978: Composición, jurisdicción, competencia.

Tema 14. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Proceso de acceso a la autonomía y de aprobación de sus estatutos.

Tema 15. El Parlamento de Andalucía. Composición y elección. Organización y funcionamiento, competencias.

Tema 16. El Presidente de la Junta de Andalucía. Elección, estatuto personal, funciones. Incompatibilidad, responsabilidad y cese.

Tema 17. El Consejo de Gobierno. Composición. Funcionamiento y atribuciones. Incompatibilidades, cese y responsabilidad.

Tema 18. El Tribunal Superior de Justicia. Composición y organización. Competencias.

Tema 19. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos.

Tema 20. La Administración Pública. Concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado, Gobierno y Administración.

Tema 21. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

Tema 22. Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. La Constitución.

Tema 23. La Ley: Concepto. Leyes orgánicas y leyes ordinarias. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.

Tema 24. El Reglamento. Clases de Reglamentos. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.

Tema 25. La ley y el reglamento. Reserva de ley y reserva reglamentaria. Reglamentos ilegales.

Tema 26. La relación jurídico-administrativa: Concepto. Sujetos de la relación jurídico-administrativa. El administrado.

Tema 27. Los interesados. Capacidad de obrar. Concepto de interesado. Representación. Pluralidad de interesados. Identificación de interesados.

Tema 28. La intervención administrativa. La clasificación tradicional de las formas de acción administrativa: Fomento, policía y servicio público.

Tema 29. El fomento: Manifestaciones más importantes de la acción administrativa de fomento.

Tema 30. La actividad de policía en el Estado de Derecho. Los poderes de policía de las distintas Administraciones Públicas. Principales manifestaciones en la acción administrativa de policía.

Tema 31. La actividad administrativa de Servicio Público. Formas de gestión de los Servicios Públicos. Especial referencia a la concesión administrativa.

Tema 32. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma.

Tema 33. Requisitos de los actos administrativos. Producción y contenido. Motivación. Forma.

Tema 34. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad. Efectos de los actos administrativos. Notificación. Práctica de la notificación. Publicación. Indicación de notificaciones y publicaciones.

Tema 35. Nulidad y anulabilidad de los actos administrativos. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad.

Tema 36. Transmisibilidad. Conversión de actos viciados. Conservación de actos y trámites. Convalidación.

Tema 37. El Procedimiento Administrativo. Fases. Iniciación del Procedimiento: Clases de iniciación. Ordenación del Procedimiento: Impulso. Celeridad. Cumplimiento de trámites. Cuestiones incidentales.

Tema 38. Instrucción del Procedimiento Administrativo: Actos de instrucción. Alegaciones. La prueba. Informes. Participación de los interesados.

Tema 39. Finalización del Procedimiento Administrativo. Disposiciones generales. Resolución. Desistimiento y Renuncia. Caducidad.

Tema 40. Ejecución de resoluciones administrativas: Título. Ejecutoriedad. Ejecución forzosa. Medios de ejecución forzosa.

Tema 41. La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Revisión de actos nulos. Revisión de actos anulables. Suspensión. Revocación de actos. Límites de la revisión.

Tema 42. Recursos administrativos. Principios generales. Objeto y clases. Recurso de revisión. Fin de la vía administrativa. Interposición del recurso. Suspensión de la ejecución. Audiencia de los interesados. Resolución.

Tema 43. Recurso ordinario: Objeto y plazo. Motivos. Interposición. Resolución presunta. Recurso de revisión: Objeto y plazos. Resolución.

Tema 44. La autonomía universitaria. Tratamiento constitucional y desarrollo legal. Principios generales de la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 45. Regulación de la creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades en la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 46. El gobierno de las Universidades. Organos colegiados y órganos unipersonales. Su regulación en la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 47. El Consejo de Universidades y el estudio en la Universidad. Su regulación en la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 48. El Profesorado y el Personal de Administración y Servicios. Regulación en la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 49. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma Universitaria. El acceso y permanencia en la Universidad. Los procedimientos para el ingreso en los Centros Universitarios.

Tema 50. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma Universitaria. La regulación de los estudios de tercer ciclo y doctorado.

Tema 51. La Función Pública en el Estado español: Principios constitucionales. La Ley 30/1984 de 2 de agosto: Registros de Personal. Programación y oferta de empleo público.

Tema 52. Normas para objetivar la selección del Personal, la provisión de puestos de trabajo y de promoción profesional de los funcionarios.

Tema 53. Bases del régimen de retribuciones de los funcionarios. Conceptos retributivos. Determinación de las cuantías.

Tema 54. Racionalización de la estructura de los Cuerpos y Escalas y otras clasificaciones del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 55. Modificación en las situaciones y régimen disciplinario de los funcionarios.

Tema 56. Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Especial referencia al sector universitario.

Tema 57. Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.

Tema 58. El personal laboral de las Universidades Andaluzas: Normas de organización del trabajo. Clasificación profesional . Provisión de vacantes, contratación e ingreso.

Tema 59. El personal laboral de las Universidades Andaluzas: Jornada y horarios. Excedencias y suspensión del contrato de trabajo. Estructura salarial.

Tema 60. El personal laboral de las Universidades Andaluzas: Derechos sindicales de los trabajadores. Derechos de los Comités de Empresa. Derechos de las Centrales Sindicales y afiliados.

Tema 61. Ley 9/1987, de 12 de junio, sobre órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 62. Régimen del Profesorado Universitario. Los Profesores pertenecientes a cuerpos docentes universitarios. Profesores asociados. Profesores eméritos.

Tema 63. Regulación de los concursos para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios.

Tema 64. Retribuciones del Profesorado Universitario. Desarrollo.

Tema 65. Procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora. Criterios generales para la evaluación de la actividad docente.

Tema 66. El Régimen General de la Seguridad Social. Campo de aplicación. Afiliación y Cotización. Acción Protectora.

Tema 67. Incapacidad Laboral Transitoria. Concepto y causas que motivan esta situación. Invalidez Provisional. Invalidez Permanente. Sus grados.

Tema 68. Jubilación. Concepto y requisitos. Muerte y supervivencia. Prestaciones. Supuestos causantes. Beneficiarios.

Tema 69. Ley 4/1993 de 1 de julio de Creación de la Universidad de Huelva. Organos provisionales de Gobierno. Centros y estudios que imparte.

Tema 70. Presupuesto de la Universidad de Huelva. Normas de ejecución.

ANEXOIII

Tribunal calificador

Tribunal Titular

Presidente: D. Francisco Ruiz Berraquero (Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva).

Vocal 1º: D. Rafael Navas Vázquez (Catedrático de Universidad). Vocal 2º: D. David Martínez Pérez (Cuerpo Técnico de Administración General). Vocal 3º: D. Antonio Ramírez de Vérger Jaén (Catedrática de Universidad). Vocal 4º: Dª Margarita Locertales Abril (Cuerpo Superior de Administración Local con Habilitación Nacional Tesorería).

Secretario: D. Manuel Gómez del Castillo (Titular de Universidad).

Tribunal Suplente

Presidente: D. Simón Márquez Pérez (Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía).

Vocal 1º: D. Juan Ignacio Ferraro García (Titular de Escuela Universitaria). Vocal 2º: Dª Manuela Adelaida de Paz Bañez (Titular de Universidad). Vocal 3º: D. Armando Gutiérrez Arispon (Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía).

Vocal 4º: Dª Pilar Alba Tercedor (Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía).

Secretario: D. Sixto Romero Sánchez (Catedrático de Escuela Universitaria).

ANEXOIV

Declaración jurada

Don/Doña ..................................................................., con domicilio en

................................................................ y documento nacional de identidad número ......................... Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala .....................................

de la Universidad de Huelva, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ......................... a ............ de .............. de ..........

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