Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 24/11/1994

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE CORDOBA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

1. Normas generales.

Esta convocatoria tiene por objeto la provisión mediante concurso-oposición, promoción interna entre funcionarios de esta Corporación, de una plaza de Técnico de Admón. General, al servicio de esta Corporación, perteneciente a la plantilla de funcionarios e integrada en la Escala de Administración General, Subescala Técnicos, Clase Técnico Superior, Grupo A), dotada con sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones complementarias, de acuerdo con la legislación vigente.

1.1. En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la Reglamentación General para el Ingreso en la Administración Pública, Real Decreto 2223/84, de 19 de diciembre, R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos para la selección de los funcionarios de Administración Local y Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a esta convocatoria, será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican:

A) Tener una antigüedad de al menos dos años en el Grupo de titulación inmediatamente inferior a la plaza convocada, debiendo acreditar su condición de funcionario, antigüedad y pertenencia al Grupo a través de certificación expedida por esta Corporación.

b) Estar en posesión de la titulación de Licenciado/a en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

3. Solicitudes.

Las solicitudes se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado«, que previamente se habría publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y BOJA.

Se acompañará a la solicitud la documentación que justifique los méritos que aleguen los/as aspirantes para la fase de concurso, debidamente compulsados.

3.2. Para ser admitidos a esta convocatoria bastará con que los/as aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base 2ª de esta convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.3. Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

3.4. Los derechos de examen serán de mil pesetas (1.000 ptas.), y a la instancia se acompañará el justificante del ingreso de tales derechos.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado/a.

4. Admisión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Edictos de la Corporación, concediéndose un plazo de diez días, para subsanar posibles errores en los términos del artículo71 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre.

Determinándose en la misma Resolución, el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, y, en su caso, el orden de actuación de los/as aspirantes, de acuerdo con el sorteo público anunciado en el BOE de 5 de abril de 1994, Resolución de 24.3.94, letra Ñ.

5. Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará constituido según lo previsto en el artículo 4, c), del R.D. 896/91, de 7 de junio:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. Vocales:

Un representante de la Comunidad Autónoma y Suplente.

Un representante del Servicio respectivo y Suplente.

Un Técnico o experto en relación a la plaza convocada y designado por el Presidente de la Corporación y Suplente.

Un representante de los funcionarios propuesto por la Junta de Personal y Suplente.

5.2. Los miembros del Tribunal podrán abstenerse de intervenir notificándolo a la Diputación Provincial, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

5.3. Los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias anteriormente citadas.

5.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

6. Sistema de selección.

El sistema de selección será el de concurso-oposición, que constará de dos fases:

Fase de concurso: Los méritos alegados por los/as aspirantes se calificarán según baremo que consta en el Anexo I de esta convocatoria, valorándose previamente a la fase de oposición.

Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios, todos ellos por escrito y que tendrán carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, un tema de carácter general. Dicho tema, será determinado por el Tribunal, inmediatamente antes de comenzar el ejercicio, de entre 5 temas extraídos al azar por un aspirante, de las Materias Comunes establecidas en el Anexo.

En este ejercicio se valorará la formación general universitaria, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.

Este ejercicio podrá ser leído por los aspirantes en sesión pública.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito durante un tiempo máximo de 4 horas, tres temas, extraídos al azar, uno correspondiente a las materias de Derecho Constitucional, Territorial, Derecho Administrativo y Derecho de las Comunidades Europeas. Un segundo tema de las Materias de Administración Local y de los 6 temas específicos fijados por la Corporación, y un tercero correspondiente a la rama jurídica. El ejercicio podrá ser leído por los/as candidatos/as en sesión pública, tras lo cual el Tribunal podrá dialogar con el/la opositor/a por un tiempo máximo de 10 minutos, sobre el contenido de los mismos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos en la forma y tiempo previamente fijados por el Tribunal.

El/la candidato/a presentará en ambos supuestos el resultado motivado de sus análisis, propuestas, indicaciones, alternativas, etc.

Durante el desarrollo de esta prueba los/as aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta de los que acudan provistos.

7. Calificación de los ejercicios.

Todos los ejercicios de la fase de oposición serán eliminatorios y calificados de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

La calificación de cada prueba será la media aritmética de las otorgadas por los miembros del Tribunal, exponiéndose en el Tablón de Edictos de la Corporación.

La calificación final de los/as aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición y de la otorgada en la fase de concurso.

8. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento. Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aprobados, por orden de puntuación, en la que constará las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final.

Los/as interesados/as podrán interponer reclamación en el plazo de tres días ante el Tribunal, y éste deberá resolver en idéntico plazo la reclamación. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso ordinario, en el plazo de un mes, ante el Presidente de la Corporación. Igualmente podrá interponerse directamente recurso ordinario en dicho plazo sin necesidad de reclamación previa ante el Tribunal.

La relación definitiva de aprobados, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se expondrá en el Tablón de Anuncios y será elevada, al Presidente de la Corporación para que formule el correspondiente nombramiento. En dicha relación figurarán los/as aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. El opositor u opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 2ª, y que son:

2. Copia autentificada o fotocopia, que deberá presentarse acompañada del original para su compulsa, del título de Licenciado/a en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas, Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Dada la condición de funcionario público estará o estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener tal nombramiento.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el opositor u opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso se propondrá para su nombramiento a aquél candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria, no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de veinte días naturales presente la documentación pertinente a efectos de poder ser nombrado.

Una vez aprobada la propuesta por el Presidente de la Corporación, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles a contar del siguiente al que les sea notificado el nombramiento; aquel que no tome posesión en el plazo señalado, sin causa justificada, perderá el derecho a ser nombrado en la plaza convocada.

En el momento de la toma de posesión, el opositor/a nombrado prestará juramento o promesa en la forma establecida en el R.D. 770/79, de 5 de abril. El solo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expresode los aspirantes a las bases reguladoras de la misma que tienen consideración de Ley Reguladora de esta convocatoria.

La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por el/los interesado/s, en los casos, formas y plazos establecidos en la vigente Ley

30/92, de 26 de noviembre, a partir de la publicación de la misma en los Boletines anteriormente citados.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulen la materia. Todos los avisos, citaciones y convocatorias, que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean las que obligatoriamente se mencionan en estas bases, se realizarán únicamente por medio del Tablón de Anuncios. Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba, 27 de octubre de 1994.-El Presidente.

ANEXOI

Fase de concurso:

A) Valoración del grado personal consolidado:

El grado personal consolidado se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo correspondiente y en relación con el nivel de la plaza que se convoca, hasta un máximo de 3 puntos de la siguiente forma:

a.1. Por grado personal de igual o superior nivel al de la plaza a que se concursa: 3 puntos.

a.2. Por grado personal inferior en 1 nivel al de la plaza a que se concursa: 2,5 puntos.

a.3. Por grado personal inferior en 2 niveles al de la plaza a que se concursa: 2 puntos.

a.4. Por grado personal inferior en 3 niveles al de la plaza a que se concursa: 1,5 puntos.

a.5. Por grado personal inferior en 4 niveles al de la plaza a que se concursa: 1 punto.

B) Valoración de formación y perfeccionamiento:

Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y privadas, estas últimas homologadas oficialmente para la impartición de cursos, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza convocada. Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 1 punto, aplicados de la siguiente forma:

b.1. Por la participación como asistente o alumno a cursos, seminarios, congresos y jornadas:

b.1.1. Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.

b.1.2. De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

b.1.3. De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.

b.1.4. De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos. b.1.5. De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos. b.1.6. Más de 200 horas o más de 40 días: 1,00 punto.

b.2. Por la participación como Ponente en cursos, seminarios o jornadas:

0,10 puntos por cada uno, máximo 0,50 puntos.

C) Titulaciones académicas:

Por poseer titulación académica distinta a la exigida para el ingreso en la categoría y Grupo de Empleado, según lo establecido en el art. 25 de la Ley

30/84, y que sea relevante para el desempeño de la plaza objeto de la convocatoria se valorará hasta un máximo de 2 puntos, según el siguiente baremo:

Doctorado: 2,00 puntos.

Título Universitario Superior: 1,75 puntos.

Título Universitario Medio: 1,50 puntos.

No se valorarán aquellas titulaciones que sean necesarias para obtener otras superiores puntuadas.

Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas u homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

D) Méritos profesionales:

Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,10 puntos.

Por cada mes de servicios prestados en Empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que deberán ser suficientemente acreditativos a través del contrato de trabajo visado por el INEM y certificados de cotizaciones a la Seguridad Social o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria: 0,05 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos profesionales: 3,00 puntos.

E) Méritos específicos:

Por publicaciones, ponencias, etc., de carácter científico o técnico y que estén relacionadas con la plaza convocada se otorgará hasta un máximo de:

1,00 punto.

ANEXOII

MATERIAS COMUNES

Bloque I

Derecho Constitucional y Organización Territorial

del Estado

1. El concepto de Constitución. La Constitución como Norma Jurídica. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución Española de

1978: Esructura.

2. El Estado Español como Estado Social y Democrático de Derecho.

3. Los valores superiores de la Constitución española.

4. Los Derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los Derechos fundamentales en la Constitución Española.

5. La participación social en la actividad del Estado. Su inserción en los órganos de las Administraciones Públicas.

6. El modelo económico de la Constitución Española. Principios informadores y objetivos específicos.

7. La Corona. Atribuciones según la Constitución Española. El Poder Judicial: Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización y competencias.

8. Las Cortes Generales: Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de leyes. La función parlamentaria de control del Gobierno: Modalidades.

9. Organos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo y otros órganos análogos de las Comunidades Autónomas.

10. El Tribunal Constitucional. Organización y recursos.

11. El Gobierno. Composición y atribuciones. Designación, remoción y responsabilidad del Gobierno y de su Presidente. La Administración Pública: Principios constitucionales informadores. Tipología de las Administraciones.

12. La Administración del Estado: Organos superiores y órganos periféricos. El Delegado del Gobierno. La Administración consultiva.

13. La representación política. El sistema electoral español. Los partidos políticos. La Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

14. Organizaciones Sindicales y empresariales en España. Evolución histórica y situación actual. Principios constitucionales informadores.

15. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la Constitución Española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía: Especial referencia a las Competencias en materia de Régimen Local.

16. Las Relaciones entre Administraciones Públicas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas: Mecanismos de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local.

17. Las Instituciones autonómicas. Previsiones constitucionales. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El Parlamento: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Defensor del Pueblo de Andalucía.

18. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El Presidente de la Junta de Andalucía. Elección, estatuto personal y atribuciones. El Consejo de Gobierno: Atribuciones y composición. Responsabilidad del Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

19. La Administración Autonómica: Principios informadores y organización. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos. LaAdministración Periférica de la Junta de Andalucía. La Administración institucional de la Junta de Andalucía. LaLey de Organización Territorial y la del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Derecho Administrativo

20. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Normas y realidad social. La aplicación del Derecho.

21. La Administración Pública: Concepto. Las Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

22. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la Costumbre y los Principios Generales del Derecho.

23. La Ley: Concepto y Clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley.

24. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.

25. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados.

26. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivación, notificación y eficacia.

27. La validez de los actos administrativos. La revisiónde oficio de los actos administrativos: Anulación y revocación.

28. La obligación de la Administración Pública de resolver: Especial referencia a los actos presuntos. Los actos de la Administración en régimen jurídico privado.

29. El Procedimiento Administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento. Iniciación, Ordenación, Instrucción y Terminación. Procedimientos de ejecución.

30. Los recursos administrativos: Concepto y Clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materias recurribles, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos ordinario y de revisión. Las reclamaciones económico-administrativas. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.

31. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: Las partes, procedimiento, recursos contra sentencias y ejecución de sentencias.

32. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia.

33. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración y equilibrio financiero. Cumplimiento de los contratos administrativos. Riesgos y ventura y fuerza mayor. Revisión de precios.

34. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

35. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

36. La intervención administrativa. Clasificación tradicional de las formas de acción administrativa. El fomento y sus manifestaciones.

37. La actividad de policía en el Estado de Derecho. Los poderes de policía de las distintas administraciones públicas.

38. La potestad sancionadora de la Administración: Procedimiento sancionatorio y Principios generales.

39. El servicio público. Teoría general. Formas de gestión. Especial referencia a la concesión.

40. Propiedades administrativas. Clases. El dominio público. Concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico del dominio público. El patrimonio privado.

Derecho de las Comunidades Europeas

41. Las Comunidades Europeas. Los Tratados Originarios y modificaciones: Especial referencia al Tratado de la Unión Europea. Objetivos y naturaleza jurídica de las Comunidades. La unión política. El proceso de integración de España en la Comunidad Económica Europea.

42. Las Instituciones Europeas. El Consejo y la Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El proceso decisorio. Participación de los Entes territoriales no estatales en el proceso decisorio.

43. El Presupuesto de las Comunidades Europeas. Los instrumentos financieros. Las competencias de la Comunidad. Relaciones entre competencia comunitaria, competencia nacional y competencias autonómicas.

44. El Derecho Comunitario. Tipología de fuentes. La recepción del Derecho Comunitario en España: Participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario Europeo.

45. Las libertades básicas del sistema comunitario: Libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales.

46. Políticas comunes. Repercusiones del ingreso en la C.E.E. para la economía andaluza: Especial referencia a los Fondos estructurales y de cohesión.

Bloque II

Administración Local y Temas Específicos

1. Régimen Local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.

2. La provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de la provincia en España.

3. Organización y competencias de la provincia.

4. El municipio. Historia. Clases de entes municipales en el Derecho Español.

5. El término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento municipal.

6. Organización y competencias municipales.

7. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales.

8. Otras entidades locales complementarias y fórmulas asociadas para la gestión de los servicios: Especial referencia a la Ley de Demarcación Municipal de Andalucía.

9. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

10. Autonomía local y tutela.

11. El Personal al servicio de la Entidad Local. Sus clases.

12. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones administrativas de los Funcionarios Públicos.

13. Derechos del personal al Servicio de las Entidades Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al Servicio de las CC.LL.

14. Deberes del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario.

15. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público.

16. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

17. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias.

18. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

19. Las empresas municipales. Los consorcios.

20. Los contratos administrativos en la esfera local.

21. Las Haciendas Locales: Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

22. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

23. Los Impuestos Locales.

24. Régimen jurídico del gasto público local.

25. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.

Específicos

26. Ley de Servicios Sociales de Andalucía. Servicios Sociales Comunitarios. Especial referencia al ámbito provincial.

27. Ley Reguladora de las relaciones de la Comunidad Autónoma Andaluza con las Diputaciones Provinciales de su territorio. Exposición de motivos. Competencias de las Diputaciones Provinciales y la delegación de competencias.

28. Naturaleza y prestaciones de los servicios sociales comunitarios (Decreto 11/1992, de 28 de enero). Servicios Sociales Comunitarios y prestaciones.

29. Ley de Integración Social de los Minusválidos (Ley 13/1982). Objetivos. Centros específicos y características.

30. II Plan de Igualdad de Oportunidades. Areas de actuación: Mención especial del área jurídica.

31. Naturaleza de los Convenios de la Consejería de Asuntos Sociales con las Diputaciones en materia de Drogodependencia y Mujer. Objeto y características.

Bloque III

Rama Jurídica

1. Los derechos reales. Constitución y adquisición de los derechos reales. El derecho real de propiedad. La posesión.

2. Derechos reales de goce y derechos reales de garantía.

3. La obligación. Fuentes de las obligaciones. Elementos y clases. El cumplimiento y garantías. Modificación y extinción de la relación obligatoria.

4. El contrato. Concepto. Elementos y requisitos. Vicios de los Contratos. La convalidación y la rescisión.

5. Clases de contratos. En especial, los contratos traslativos de dominio y los contratos de uso y disfrute.

6. La Empresa Mercantil. El Patrimonio de la Empresa y su protección jurídica.

7. Las sociedades mercantiles en general. Transformación, fusión y extinción de Sociedades. El registro mercantil.

8. Clases de sociedades. Especial consideración de la Sociedad Anónima.

9. Las obligaciones mercantiles. Los contratos mercantiles y sus clases.

10. Los estados de anormalidad en la vida de la Empresa. Suspensión de pagos y quiebra.

11. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Los Convenios Colectivos.

12. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de contratación en la Administración Pública y ámbitos jurídicos.

13. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus causas. El despido.

14. El derecho de representación colectiva. La adopción de medidas de conflicto colectivo.

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