Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 26/11/1994

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Otros. AYTO. LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA (SEVILLA)

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO OPOSICION PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE SARGENTO DE LA POLICIA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE ESTE AYUNTAMIENTO

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad mediante concurso-oposición de una plaza de Sargento de Policía Local. Escala de la Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Grupo de Clasificación C, del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, dotada con las retribuciones básicas y complementarias a tal clasificación. El aspirante que obtenga la plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidades vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe le sea de aplicación otra incompatibilidad.

2. Requisitos de los aspirantes.

a) Ser español, tener cumplidos dieciocho años de edad, y que no le falten más de diez años para la jubilación.

b) Estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 las mujeres.

c) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando sea preceptivo.

d) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional

2º Grado o equivalente.

e) No padecer enfermedad física o mental o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

f) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2, B2, y compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con lo anterior. Estos requisitos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

3. Presentación de instancias.

Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancias que les serán facilitadas por el Departamento de Personal de este Ayuntamiento, situado en la Plaza de Andalucía núm. 6 de esta localidad, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente y presentada en el registro General de esta Corporación, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fijan en cinco mil (5.000) pesetas. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contado a partir del siguiente del de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial« del Estado. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase concurso, acompañarán a sus instancias los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta. Los documentos habrán de ser originales, legalizados mediante documento notarial o, en caso de presentarse fotocopias debidamente compulsadas por la Secretaría General, previa exhibición del original. Asimismo junto a la Instancia, presentarán un Proyecto de Organización y Funcionamiento de una Jefatura Local de Policía.

4. Admisión de los aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, se publicará en el «Boletín Oficial« de la Provincia, resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, y en su caso, causa de no admisión. Los errores podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la resolución anterior establecerá un plazo de diez días para subsanación de errores.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de quince días naturales para solicitar su inclusión, a partir del siguiente en que se haga pública la relación de aspirantes admitidos y excluidos, siempre y cuando acrediten, dentro de dicho plazo, reunir las condiciones requeridas para ser admitidos.

5. Tribunal calificador.

A tenor de lo establecido en el artículo 16 del Decreto 186/92, de 24 de noviembre, de la Consejería de Gobernación, el Tribunal estará formado como sigue:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue. Actuará con voz y sin voto.

Vocales. Un representante de la Junta de Andalucía, nombrado por la Consejería de Gobernación.

Un representante de la Junta de Personal.

El Delegado de Personal, o miembro de la corporación en quien delegue. Un funcionario de carrera designado por el Presidente de la Corporación. Un representante sindical, designado por la sección sindical mayoritaria en el Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca.

Todos los vocales deberán tener igual o superior titulación a la exigida para la plaza objeto de esta convocatoria. El Tribunal podrá actuar válidamente cuando concurran cuatro vocales y el Presidente.

6. Desarrollo de los ejercicios.

El calendario de inicio de las pruebas, hora y lugar de su realización, se publicará en el «Boletín Oficial« de la Provincia. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

7. Sistema de calificación.

1. Fase Concurso. El Tribunal valorará en primer lugar los méritos conforme al baremo que se une como AnexoI, y se hará público en el Tablón de Edictos de la Corporación, antes del comienzo de los ejercicios de la oposición.

2. Fase Oposición. Constará de los ejercicios que se redactan a continuación.

-Primer ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en las siguientes pruebas físicas:

a) Carrera de velocidad, de 60 metros lisos en un tiempo máximo de 20 segundos.

b) Carrera de resistencia, de 1.000 metros en un tiempo máximo de 8 minutos.

c) Salto de longitud, de 3 metros, en tres intentos.

Los aspirantes que no superen las pruebas en los tiempos establecidos quedarán eliminados.

-Segundo ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar, por escrito, en un período máximo de dos horas, un cuestionario con respuestas alternativas, siendo sólo una correcta sobre el programa de materias, 45 temas, que figuran en la Orden de 29 de enero de

1993, de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, categoría Sargento, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de Cuerpos de la Policía Local de Andalucía. Dicho programa aparece publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 13 de 6 de febrero de 1993, página núm. 836.

-Tercer ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la exposición y defensa del proyecto de Organización y Funcionamiento de una Jefatura local de Policía.

-Cuarto ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en una entrevista personal sobre la actitud de los aspirantes en relación al puesto a desempeñar.

Los ejercicios segundo, tercero y cuarto de la oposición serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición y, en su caso, de la otorgada en la fase de concurso.

8. Puntuación y propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación, la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. Seguidamente el tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante seleccionado a la Presidencia de la Corporación, para su nombramiento.

9. Presentación de documentos y nombramientos.

El aspirante propuesto aportará ante la Corporación, dentro del plazo de viente días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados, en la forma indicada en la base octava, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda. El del requisito e) de la fase segunda habrá de acreditarse a través del Certificado Médico correspondiente.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por la falsedad de su instancia.

Los que tuvieran la condición de funcionario público de este Ayuntamiento, estarán exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.

Cumplidos los anteriores trámites, el Presidente de la Corporación resolverá el nombramiento a favor de aquel aspirante que hubiera obtenido plaza, quien deberá tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al que le sea notificado.

En el caso de que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado, o no reuniese los requisitos exigidos para ocupar la plaza, perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta en la forma prevista, a favor del aspirante que, habiendo superado todos los ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de puntuación.

10. Impugnación e incidencia.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en la forma prevista en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se planteen y tomar los acuerdos necesarios para el normal desarrollo de este concurso-oposición.

ANEXO I

BAREMO QUE HA DE REGIR EL CONCURSO DE MERITOS

a)Por Selectividad o acceso a la Universidad 0,5 puntos.

b)Por cursos superados en centros docentes policiales, se valorará cada 35 horas con 0,15 puntos, las fracciones con 0,10 puntos.

c)Por cursos de interés policial superados en instituciones y escuelas en función del número de horas de asistencia, estableciéndose por cada 50 horas lectivas 0,10 puntos, las fracciones de valoran con 0,05 puntos. En los cursos que solamente se ha obtenido «asistencia« se valorarán, respectivamente, en la tercera parte.

d)Ponencias y publicaciones, se valorarán por el Tribunal en función del valor específico e interés policial de las mismas, hasta un máximo de 1 punto.

e)Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno, cada una 0,25 puntos. Máximo de felicitaciones, cuatro.

Los Palacios y Villafranca, 3 de noviembre de 1994.-El Alcalde, Emilio Amuedo Moral.

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