Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 199 de 16/12/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Industria, Comercio y Turismo

ORDEN de 7 de diciembre de 1994, por la que se convocan los premios Arco Iris del Cooperativismo 1994, y se publican las bases que regirán los mismos.

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Instituidos los premios Arco Iris del Cooperativismo con la finalidad de premiar, con carácter anual, la labor de las cooperativas andaluzas, personas e instituciones que más se hayan destacado en la defensa y práctica de los principios universales del cooperativismo, procede ahora, de conformidad con lo establecido en el artículo3 de la Orden de 19 de septiembre de 1988, convocar los premios «Arco Iris del Cooperativismo,

1994« y publicar las bases que los rijan. La modalidad «A la mejor investigación cooperativa« destinada a promover la labor de investigación y estudios directamente relacionados con el cooperativismo andaluz, se enmarca dentro de las ayudas que para la promoción de la Economía Social se establecen en la Orden de 2 de febrero de

1994, sobre desarrollo de las medidas de Fomento de la Contratación, el Empleo y la Economía Social.

En su virtud, y a propuesta del Director General de Cooperativas.

DISPONGO

Artículo 1º Se convocan los Premios «Arco Iris del Cooperativismo 1994«, que se regirán por las Bases que se publican como anexo a la presente Orden.

Artículo 2º Los premios «Arco Iris del Cooperativismo 1994« tendrán las siguientes modalidades:

«A la mejor experiencia de cooperativa juvenil«. «A la mejor experiencia de integración cooperativa«. «A la mejor labor de fomento del cooperativismo andaluz«. «A la mejor cooperativa«.

«A la mejor investigación cooperativa«.

Sevilla, 7 de diciembre de 1994

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Industria, Comercio y Turismo

ANEXO

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS «ARCO IRIS DEL COOPERATIVISMO« PARA 1994

Finalidad

1º Los premios «Arco Iris del Cooperativismo« nacen con la finalidad de premiar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

a)A aquellas cooperativas que en su actividad resalten y potencien los principios cooperativos y se enmarquen dentro de una gestión empresarial eficaz.

b)A las personas físicas o jurídicas e Instituciones públicas o privadas que se hayan destacado en una actividad continuada y relevante en favor del desarrollo cooperativo andaluz.

c)La actividad de investigación y estudio de los temas relacionados con el cooperativismo andaluz o que puedan tener una repercusión o aplicación en el cooperativismo andaluz, así como el de contribuir a la difusión y conocimiento de los resultados obtenidos.

Modalidades

2º Los premios «Arco Iris del Cooperativismo« tendrán las siguientes modalidades:

«A la mejor experiencia de cooperativa juvenil«. «A la mejor experiencia de integración cooperativa«. «A la mejor labor en fomento del cooperativismo andaluz«. «A la mejor cooperativa«.

«A la mejor investigación cooperativa«.

Valoración

3º Los aspectos que se tendrán en cuenta para la concesión de las distintas modalidades de los premios «Arco Iris del Cooperativismo« serán los siguientes:

3.1.«A la mejor experiencia de cooperativa juvenil«.

-Se entenderá como cooperativa juvenil aquélla que esté integrada mayoritariamente por socios menores de 30 años.

-Originalidad del proyecto.

-Esfuerzo de los socios en la superación de las etapas de creación de la empresa-cooperativa.

-Esquema organizativo, social y empresarial.

-Valores que sirvan de ejemplo y estímulo en el ámbito juvenil como respuesta profesional y laboral al desempleo juvenil.

3.2.«A la mejor experiencia de integración cooperativa«.

-Dirigido a cooperativas de segundo o ulterior grado y otras formas de integración.

-Repercusión en el desarrollo de las actividades empresariales de las cooperativas asociadas.

-Esfuerzo personal y económico de los socios.

-Influencia en el fortalecimiento del tejido cooperativo andaluz.

3.3.«A la mejor labor en fomento del cooperativismo andaluz«.

-La labor destacada de personas e Instituciones en la defensa continuada y relevante del desarrollo cooperativo andaluz«.

3.4.«A la mejor cooperativa«.

-Profundización y esfuerzo en la aplicación de los principios cooperativos.

-Esfuerzo en la formación permanente de sus socios.

-Política de distribución de excedentes.

-Gestión empresarial de la cooperativa.

-Esfuerzo en la actualización de los métodos de gestión en los diversos ámbitos de la empresa.

-Su contribución a la integración cooperativa.

3.5.«A la mejor investigación cooperativa«.

-Tendrán cabida todas aquellas líneas de investigación de carácter técnico, jurídico, histórico o socio-económico que respondan a lo definido para esta modalidad y podrán presentarse a la misma quienes, por la calidad de sus trabajos ya realizados y/o por sus méritos académicos y profesionales, puedan avalar con rigor científico y técnico el trabajo de investigación con el que concurran.

Presentación

4º Los candidatos a las modalidades que integran los premios «Arco Iris del Cooperativismo« serán propuestos al Consejo Andaluz de Cooperación, con base en los siguientes criterios:

4.1.Los candidatos a cualquiera de las modalidades que integran los premios «Arco Iris del Cooperativismo«, con la única excepción de la modalidad «A la mejor investigación cooperativa«, deberán ser propuestos al Consejo Andaluz de Cooperación, al menos, por tres cooperativas andaluzas, o por las federaciones de cooperativas o sus asociaciones.

Ni las federaciones de cooperativas ni sus asociaciones podrán concurrir como candidatos a los premios «Arco Iris del Cooperativismo«.

4.2.Para la modalidad «A la mejor investigación cooperativa« serán admitidos los trabajos realizados individualmente o en grupo, sin que para ello sea preciso ser avalado o presentado por terceros.

En el supuesto de que el trabajo sea presentado en grupo, se entenderá por autor, a los efectos de lo dispuesto en estas Bases, al primer firmante.

Documentación

5.1.Las propuestas de candidaturas a los premios «Arco Iris del Cooperativismo«, excepción hecha de la modalidad «A la mejor investigación cooperativa«, se formalizará por triplicado, con la siguiente documentación:

a)Instancia presentada por las cooperativas andaluzas o por las federaciones de cooperativas andaluzas o sus asociaciones, que hagan la proposición, dirigida al Consejo Andaluz de Cooperación, expresando con claridad sus datos de identificación y domicilio.

b)Datos de identificación y domicilio del candidato propuesto, así como la denominación de la modalidad del premio «Arco Iris del Cooperativismo« a la que concurren.

c)Propuesta, que deberá ser razonada acompañada de una memoria detallada, así como de aquella documentación que se considere necesaria en orden a valorar los méritos contraídos por el candidato, en función de los valores que se exponen en el punto 3º de estas Bases, referidos a las distintas modalidades del premio «Arco Iris del Cooperativismo«.

La documentación a la que se refiere los apartados b y c se presentará conjuntamente con la instancia, en sobre cerrado, en el que figurará la inscripción «Premio Arco Iris del Cooperativismo« y se dirigirán al Consejo Andaluz de Cooperación, Dirección General de Cooperativas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 51.2 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma Andaluza.

5.2.En la modalidad «A la mejor investigación cooperativa« deberá presentarse en la dirección indicada y por triplicado, la siguiente documentación:

a)Instancia en la que se recoja el nombre, apellidos, domicilio y DNI del candidato o candidatos.

b)Curriculum vitae de candidato o candidatos, con expresa indicación de sus respectivos títulos académicos y profesionales, así como de sus escritos y de las obras o trabajos publicados.

c)El trabajo que se presenta al premio.

Plazo de presentación

6º El plazo para presentar la documentación que se exige en el punto 5.1 y

5.2 de estas Bases finaliza el 15 de febrero de 1995.

Comisión

7º Con el objeto de facilitar la labor del jurado que ha de fallar los premios «Arco Iris del Cooperativismo« se constituirá una comisión designada por el Consejo Andaluz de Cooperación que, en función de su especialidad, se encargará de estudiar la documentación aportada y de solicitar cuanta documentación complementaria sea precisa, así como de remitir al Jurado una memoria de las solicitudes presentadas.

Jurado

8º El fallo del premio «Arco Iris del Cooperativismo« corresponderá a un Jurado designado por el Consejo Andaluz de Cooperación, cuya composición se hará pública, siendo su fallo inapelable.

8.1.El fallo del Jurado se hará público y se adoptará antes de finalizar el primer cuatrimestre de 1995.

8.2.El Jurado designará, de entre sus miembros, un Presidente, y un Secretario, y aprobará sus propias normas de funcionamiento siendo de aplicación supletoria a este respecto, las normas que sobre los órganos colegiados recoge el capítulo II del título II de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Premio

9º El premio consistirá en una figura alusiva al símbolo cooperativo figurando en su base el lema: «Premio Arco Iris del Cooperativismo 1994«, modalidad a la que corresponde y nombre o denominación del premiado.

9.1.Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, el premio a la modalidad «A la mejor investigación cooperativa« estará dotada con

500.000 ptas. y se considerará como beneficiario del importe del premio a quien aparezca como único o primer firmante del trabajo presentado.

9.2.La propiedad del trabajo premiado corresponde a sus autores, si bien teniendo en cuenta la finalidad del mismo, la Consejería de Industria, Comercio y Turismo se reserva el derecho a editar el trabajo por una sola vez, derecho que habrá de ejercitar dentro de los 3 meses siguientes a hacerse público el fallo, sin que por ello los autores devenguen otra cantidad por ningún concepto.

9.3.Cuando a juicio del Jurado las propuestas recibidas en todas o algunas de las modalidades establecidas para el premio «Arco Iris del Cooperativismo« no reuniese los méritos suficientes, éste podrá ser declarado desierto.

9.4.Asimismo, cuando a juicio del Jurado, los méritos contraídos por los candidatos así lo aconsejen, el premio, en cualquiera de sus modalidades, puede ser compartido sin que, en ningún caso, la dotación económica prevista para la modalidad «A la mejor investigación cooperativa« se vea incrementada.

Coordinación

10º El Consejo Andaluz de Cooperación y la Dirección General de Cooperativas, establecerán las normas de procedimiento adecuadas en orden a la coordinación y ejecución del premio «Arco Iris del Cooperativismo«.

Consideraciones generales

11º Las personas, entidades e Instituciones premiadas podrán hacer uso del premio recibido, indicando, de forma expresa, la modalidad y año al que corresponda.

Aceptación de la bases

12º El hecho de participar en los premios «Arco Iris del Cooperativismo,

1994«, supone la aceptación previa de estas Bases.

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