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A tenor de lo dispuesto en los artículos 39.7 y 47 de la Ley 6/1983, de
21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con objeto de conseguir mayor agilidad y eficacia administrativa, se hace necesario acordar la delegación que en la presente Orden se especifica.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
DISPONGO
Artículo único. Se delega en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, para el solo acto que se expresa, la competencia para suscribir un Convenio entre la Consejería de Salud y la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que tiene por objeto mejorar la situación protegida de invalidez en la provincia de Sevilla.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de diciembre de 1994
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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