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La Junta de Andalucía considera que las labores y tareas enfocadas hacia el desarrollo de programas y proyectos de investigación, el esfuerzo de formar equipos y grupos de investigadores, así como el progreso en el conocimiento científico y tecnológico ha de ser reconocido públicamente; asimismo, estima que es necesario seguir manteniendo y potenciando actuaciones e incentivos que permitan a las Instituciones, Organismos y Empresas, tanto públicos como privados, desarrollar y alcanzar nuevos e importantes objetivos en el campo de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y las transferencias de tecnología. Por ello, como una actuación más del Plan Andaluz de Investigación, y como apoyo al importante elenco de Investigadores, Organismos y Empresas andaluces que se han dedicado y dedican al avance y fomento de la investigación científica y técnica, y en virtud de las atribuciones que me son conferidas,
DISPONGO
Artículo primero.
Convocar el III Premio Andalucía al Fomento de la Investigación Científica y Técnica.
Artículo segundo.
2.1.Al Premio Andalucía al Fomento de la Investigación Científica y Técnica podrán optar aquellas Instituciones, Organismos y Empresas de carácter público o privado, cuya labor científica haya sido realizada en Andalucía o haya contribuido directamente al desarrollo científico y tecnológico de Andalucía.
2.2.Los candidatos al premio habrán de ser propuestos por: Las Universidades, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los Organismos Públicos de Investigación de ámbito andaluz, las Academias de Andalucía, las Consejerías de la Junta de Andalucía (se amplía a OOAA y E. Públicas), o por los premiados en convocatorias anteriores.
Artículo tercero.
El Premio Andalucía al Fomento de la Investigación Científica y Técnica estará dotado con 250.000 ptas. y una placa acreditativa.
Artículo cuarto.
4.1.Las candidaturas deberán ir dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.
4.2.Las candidaturas deberán ir acompañadas de: Datos personales del candidato o candidatos, o datos sobre la Institución, Organismo o Empresa, una memoria justificativa de sus méritos y de las razones que han motivado su presentación, Certificado acreditativo de que el Acuerdo de presentación de la candidatura se ha adoptado de conformidad con las normas estatutarias o régimen jurídico por la que se rija la entidad u organismo proponente, una declaración expresa de aceptación de las bases de este premio y del fallo del jurado.
Esta documentación será presentada en el Registro General de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sito en la Avda. República Argentina, núm.
21 B, Planta baja, 41071. Sevilla, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo quinto.
El plazo de presentación de candidaturas queda abierto desde el momento de la publicación de esta Orden hasta el día 27 de febrero de 1995, a las 14,00 horas.
Artículo sexto.
El Consejero de Industria, Comercio y Turismo designará un Jurado para la selección de las candidaturas.
DISPOSICION FINAL
Se autoriza a la Dirección General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico para cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de la presente Orden.
Sevilla, 16 de diciembre de 1994
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Industria, Comercio y Turismo
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