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El artículo 8 c) del Decreto 400/90 de 27 de noviembre, establece 1 medida de empleo temporal en C.C.L.L. como una de las medidas a llevar a cabo en el marco del Programa de Solidaridad para la erradicación de la marginación en Andalucía.
En base al citado Decreto y a la Orden de 14 de diciembre de 1990 por la que se convocaba a otras Administraciones Públicas a cooperar en la ejecución del Programa antes citado, se han concedido las siguientes subvenciones
Entidad Pesetas
Excma. Diputación Provincial de Córdoba 6.909.395.
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Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18, de la ley 3/91 de 28 de diciembre de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.
Córdoba, 14 de febrero de 1994.- El Delegado, Jacinto Mena Hombrado.
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