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Con fecha 17 de noviembre de 1993 se suscribió el Convenio de Colaboración, entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la elaboración de una Guía de Fuentes para la Historia de Andalucía en la Sección "Guerra Civil" del Archivo Histórico Nacional y la posterior reproducción de los documentos descritos en la misma. Dicho Convenio fue publicado en el Boletín Oficial del Estado de 1 de enero de 1994, por Resolución de 20 e diciembre de 1993, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede dar publicidad al Convenio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante Anexo a la presente Resolución.
Lo que se hace publico a los efectos oportunos.
A N E X O
«CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA Y LA CONSEJERIA DE CULTURA Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, PARA LA ELABORACION DE UNA GUIA DE FUENTES PARA LA HISTORIA DE ANDALUCIA EN LA SECCION "GUERRA CIVIL" DEL ARCHIVO HISTORICO NACIONAL Y LA POSTERIOR REPRODUCCION DE LOS DOCUMENTOS DESCRITOS EN LA MISMA
En Madrid, a 17 de noviembre de 1993.
R E U N I D O S
De una parte, la Excma. Sra. Dña. Carmen Alborch Bataller, Ministra de Cultura, en nombre y representación de dicho órgano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado.
Y, de otra parte, el Excmo. Sr. D. Juan Manuel Suárez Japón, Consejero de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en nombre y representación de dicho órgano, en virtud del artículo 13 Apartado 26 de la Ley Orgánica 6/81 de Estatuto de Autonomía para Andalucía y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.7 de la Ley 6/1983 de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
Ambos intervinientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para formalizar el presente convenio de colaboración, y en consecuencia
MANIFIESTAN
Primero. El Archivo Histórico Nacional, de titularidad estatal, en su Sección "Guerra Civil", en Salamanca, conserva entre sus fondos documentales documentos de interés para la historia de Andalucía.
Segunda. Que tanto la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía como el Ministerio de Cultura están interesados en desarrollar un proyecto de realización de una Guía de Fuentes para la Historia de Andalucía en la Sección "Guerra Civil" del Archivo Histórico Nacional y reproducción de los fondos recogidos en la misma.
- Por ello, acuerdan la firma del presente Convenio, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Es objeto del presente Convenio la realización de una Guía de Fuentes para la Historia de Andalucía
conservados en el Archivo Histórico Nacional, Sección
"Guerra Civil", de Salamanca, así como la microfilmación de los documentos que lo integren.
Segunda. La realización del proyecto se llevará a
cabo en las siguientes etapas:
- Localización e identificación de documentos sobre
Andalucía en la Sección Masonería" del fondo de
Presidencia del Gobierno, Delegación Nacional de Servicios Documentales, conservado en el Archivo Histórico
Nacional, Sección "Guerra Civil".
- Localización e identificación de documentos sobre
Andalucía en la Sección "Político-Social" del fondo Presidencia del Gobierno, Delegación Nacional de Servicios
Documentales (en sus subsecciones Cádiz, Jaén, Madrid
y Militar), conservado en el Archivo Histórico Nacional, Sección Guerra Civil.
- Descripción de la documentación anteriormente
seleccionada e identificada.
- Redacción del texto de la "Guía de Fuentes para
la Historia de Andalucía en el Archivo Histórico Nacional, Sección "Guerra Civil".
- Microfilmación de los documentos.
Tercera. La Consejería de Cultura y Medio Ambiente
de la Junta de Andalucía seleccionará, con la participación de una representación del Ministerio de Cultura, el personal técnico necesario para la realización de las tareas anteriormente enumeradas. Asimismo la Consejería de Cultura
y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.financiará el referido personal técnico que estará compuesto por dos
archiveros, un técnico microfilmador y un operador de
periférico. Este equipo realizará su función bajo la dirección facultativa de los responsables correspondientes del Archivo Histórico Nacional, Sección Guerra Civil" para que los
trabajos se ajusten a la normativa del centro y a las
directrices profesionales normalizadas que establezca la Dirección de Archivos Estatales.
Cuarta. La infraestructura de equipos informáticos y
de reprografía será aportada por el Ministerio de Cultura a cargo del cual correrá la edición de la Guía de Fuentes así como los gastos que supongan tanto la obtención de
los negativos de cámara procesados como los duplicados
de 1.ª generación procesadas.
Los gastos de obtención de duplicados de 2.º generación procesados, que serán entregados a la Consejería
de Cultura y Medio Ambiente, serán financiados por ésta.
Quinta. Los trabajos archivísticos así como los de
reprografía y automatización de datos, a realizar por el personal que aporte la Junta de Andalucía, se llevarán a cabo, en todo caso, en los locales del Archivo Histórico Nacional, Sección "Guerra Civil", y dentro del horario de funcionamiento normal del mismo.
Sexta. Tanto las labores de localización como las de
descripción, automatización y microfilmación, podrán ser seguidas periódicamente por una comisión que al efecto
se constituirá en el plazo de tres meses desde la firma del presente Convenio, que estará compuesta, a parte iguales, por representantes del Ministerio de Cultura y de la
Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de
Andalucía, más un representante de la Delegación del
Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Séptima. La propiedad intelectual de la Guía de
Fuentes para la historia de Andalucía corresponderá al
Ministerio de Cultura.
El Ministerio de Cultura hará entrega mediante el
acta pertinente, de un número de ejemplares de la Guía
de Fuentes, según acuerdo de la Comisión de seguimiento de este Convenio, a la Consejería de Cultura y Medio
Ambiente. Igualmente hará entrega de una copia positiva de la documentación microfilmada, que serán conservada
en el Archivo General de Andalucía con fines de conocimiento, difusión, investigación y consulta pública.
La Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la
Junta de Andalucía se compromete a no utilizar con fines de lucro la copia en microfilm entregada, así como a no emitir copias posteriores sin previo acuerdo con el Ministerio de Cultura.
Octava. La firma de este Convenio no excluye la
celebración de otros de carácter similar con otras instituciones públicas o privadas, o bien su adhesión al presente.
Novena. El presente Convenio de colaboración tendrá
vigencia hasta la finalización de los trabajos previstos en el mismo.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el
presente Convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
La Ministra de Cultura, Carmen Alborch Bataller. El
Consejero de Cultura y Medio Ambiente, Juan Manuel
Suárez Japón¯.
Sevilla, 25 de febrero de 1994.- El Director General,
Lorenzo Pérez del Campo.
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