Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 17/3/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 25 de febrero de 1994 de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la elaboración de una Guía de Fuentes para la Historia de Andalucía en la Sección Guerra Civil del Archivo Histórico Nacional y la posterior reproducción de los documentos descritos en la misma.

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Con fecha 17 de noviembre de 1993 se suscribió el Convenio de Colaboración, entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la elaboración de una Guía de Fuentes para la Historia de Andalucía en la Sección "Guerra Civil" del Archivo Histórico Nacional y la posterior reproducción de los documentos descritos en la misma. Dicho Convenio fue publicado en el Boletín Oficial del Estado de 1 de enero de 1994, por Resolución de 20 e diciembre de 1993, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede dar publicidad al Convenio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante Anexo a la presente Resolución.

Lo que se hace publico a los efectos oportunos.

A N E X O

«CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA Y LA CONSEJERIA DE CULTURA Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, PARA LA ELABORACION DE UNA GUIA DE FUENTES PARA LA HISTORIA DE ANDALUCIA EN LA SECCION "GUERRA CIVIL" DEL ARCHIVO HISTORICO NACIONAL Y LA POSTERIOR REPRODUCCION DE LOS DOCUMENTOS DESCRITOS EN LA MISMA

En Madrid, a 17 de noviembre de 1993.

R E U N I D O S

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Carmen Alborch Bataller, Ministra de Cultura, en nombre y representación de dicho órgano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado.

Y, de otra parte, el Excmo. Sr. D. Juan Manuel Suárez Japón, Consejero de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en nombre y representación de dicho órgano, en virtud del artículo 13 Apartado 26 de la Ley Orgánica 6/81 de Estatuto de Autonomía para Andalucía y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.7 de la Ley 6/1983 de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Ambos intervinientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para formalizar el presente convenio de colaboración, y en consecuencia

MANIFIESTAN

Primero. El Archivo Histórico Nacional, de titularidad estatal, en su Sección "Guerra Civil", en Salamanca, conserva entre sus fondos documentales documentos de interés para la historia de Andalucía.

Segunda. Que tanto la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía como el Ministerio de Cultura están interesados en desarrollar un proyecto de realización de una Guía de Fuentes para la Historia de Andalucía en la Sección "Guerra Civil" del Archivo Histórico Nacional y reproducción de los fondos recogidos en la misma.

- Por ello, acuerdan la firma del presente Convenio, que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Es objeto del presente Convenio la realización de una Guía de Fuentes para la Historia de Andalucía

conservados en el Archivo Histórico Nacional, Sección

"Guerra Civil", de Salamanca, así como la microfilmación de los documentos que lo integren.

Segunda. La realización del proyecto se llevará a

cabo en las siguientes etapas:

- Localización e identificación de documentos sobre

Andalucía en la Sección Masonería" del fondo de

Presidencia del Gobierno, Delegación Nacional de Servicios Documentales, conservado en el Archivo Histórico

Nacional, Sección "Guerra Civil".

- Localización e identificación de documentos sobre

Andalucía en la Sección "Político-Social" del fondo Presidencia del Gobierno, Delegación Nacional de Servicios

Documentales (en sus subsecciones Cádiz, Jaén, Madrid

y Militar), conservado en el Archivo Histórico Nacional, Sección Guerra Civil.

- Descripción de la documentación anteriormente

seleccionada e identificada.

- Redacción del texto de la "Guía de Fuentes para

la Historia de Andalucía en el Archivo Histórico Nacional, Sección "Guerra Civil".

- Microfilmación de los documentos.

Tercera. La Consejería de Cultura y Medio Ambiente

de la Junta de Andalucía seleccionará, con la participación de una representación del Ministerio de Cultura, el personal técnico necesario para la realización de las tareas anteriormente enumeradas. Asimismo la Consejería de Cultura

y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.financiará el referido personal técnico que estará compuesto por dos

archiveros, un técnico microfilmador y un operador de

periférico. Este equipo realizará su función bajo la dirección facultativa de los responsables correspondientes del Archivo Histórico Nacional, Sección Guerra Civil" para que los

trabajos se ajusten a la normativa del centro y a las

directrices profesionales normalizadas que establezca la Dirección de Archivos Estatales.

Cuarta. La infraestructura de equipos informáticos y

de reprografía será aportada por el Ministerio de Cultura a cargo del cual correrá la edición de la Guía de Fuentes así como los gastos que supongan tanto la obtención de

los negativos de cámara procesados como los duplicados

de 1.ª generación procesadas.

Los gastos de obtención de duplicados de 2.º generación procesados, que serán entregados a la Consejería

de Cultura y Medio Ambiente, serán financiados por ésta.

Quinta. Los trabajos archivísticos así como los de

reprografía y automatización de datos, a realizar por el personal que aporte la Junta de Andalucía, se llevarán a cabo, en todo caso, en los locales del Archivo Histórico Nacional, Sección "Guerra Civil", y dentro del horario de funcionamiento normal del mismo.

Sexta. Tanto las labores de localización como las de

descripción, automatización y microfilmación, podrán ser seguidas periódicamente por una comisión que al efecto

se constituirá en el plazo de tres meses desde la firma del presente Convenio, que estará compuesta, a parte iguales, por representantes del Ministerio de Cultura y de la

Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de

Andalucía, más un representante de la Delegación del

Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Séptima. La propiedad intelectual de la Guía de

Fuentes para la historia de Andalucía corresponderá al

Ministerio de Cultura.

El Ministerio de Cultura hará entrega mediante el

acta pertinente, de un número de ejemplares de la Guía

de Fuentes, según acuerdo de la Comisión de seguimiento de este Convenio, a la Consejería de Cultura y Medio

Ambiente. Igualmente hará entrega de una copia positiva de la documentación microfilmada, que serán conservada

en el Archivo General de Andalucía con fines de conocimiento, difusión, investigación y consulta pública.

La Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la

Junta de Andalucía se compromete a no utilizar con fines de lucro la copia en microfilm entregada, así como a no emitir copias posteriores sin previo acuerdo con el Ministerio de Cultura.

Octava. La firma de este Convenio no excluye la

celebración de otros de carácter similar con otras instituciones públicas o privadas, o bien su adhesión al presente.

Novena. El presente Convenio de colaboración tendrá

vigencia hasta la finalización de los trabajos previstos en el mismo.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el

presente Convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

La Ministra de Cultura, Carmen Alborch Bataller. El

Consejero de Cultura y Medio Ambiente, Juan Manuel

Suárez Japón¯.

Sevilla, 25 de febrero de 1994.- El Director General,

Lorenzo Pérez del Campo.

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