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Con fecha 15 de febrero de 1994, se recibe Expediente del Ayuntamiento de Lepe para la permuta de una parcela rústica de los bienes de propios de ese Ayuntamiento, al sitio «Valdetapias¯, por parcela rústica en el Paraje conocido como «Cañada Grande¯, propiedad de D. Matías Rodríguez Marruz y su esposo D.ª Bella Pereles Toscano.
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 79.2 del Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, artículos 109.2, 110 y 111 del Real Decreto
1.372/1986, de 13 de junio, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 29/1986, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25 % de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación.
Lo descripción exacta de los bienes objeto de la permuta es la que sigue:
PROPIEDAD MUNICIPAL
Parcela rústica en el Paraje denominado «Valdetapias¯ integrante de la «Dehesa del Piorno¯, de la cual se segrega, con una extensión superficial de
8. 161 m2 y cuyos linderos son Norte, con parcela 77 del catastro de rústica propiedad de D. Manuel Matías Rodríguez Pereles; al Sur y al Oeste con el camino de la «Cañada del Pilar¯ a la «Cañada del Corcho¯ y al Este, con parcela 82 del citado catastro, propiedad de D.ª Carmen Prieto Infantes, con parcela 81 de D.ª Rita Vaz Correa, y parcela 79 de D. Antonio Pascual Pascual y Hnos.
Signatura Registral: Inscrito en el Registro de la Propiedad de Ayamonte, tomo 331, Libro 62, folio 114 vuelto, finca 2.703 (de la finca matriz).
Tiene una valoración pericial de 1.217.400 ptas.
PROPIEDAD PARTICULAR
Parcela rústica en el Paraje conocido como «Cañada Grande¯, con una extensión superficial de 4.442 m2 y cuyos linderos son Norte y Este, con propiedad de D. Enrique Masía Ciscari al Sur, con camino de La Redondela y al Oeste, con D. José Ramírez Rodríguez.
Tiene uno valoración pericial de 1.272.600 ptas.
En su virtud, HE RESUELTO
1.- Prestar conformidad a la permuta de una parcela rústico de los bienes de propios del Ayuntamiento de Lepe, por terreno propiedad de D. Matías Rodríguez Marruz y esposa.
2. Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento de Lepe.
3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4. Contra esta Resolución podrá interponerse el Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Huelva, 25 de febrero de 1994.- El Delegado, Carlos Sánchez-Nieva Navas.
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