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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O :
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE CONQUISTA (CORDOBA)
TARIFAS AUTORIZADAS
CONCEPTO IVA INCLUIDO
Consumo
A) Cuota fija o de servicio 260 Ptas/abonado/trimestre
B) Cuota variable o de consumo:
Hasta 15 m3 trimestre 31,80 ptas/m3 Más de 15 m3 hasta 30 m3 trimestre 40,28 ptas/m3 Más de 30 m3 en adelante trimestre 71,20 ptas/m3
Derechos de acometida
Parámetro A = 1.500 ptas/mm.
Parámetro B = 2.500 ptas/l/seg.
Cuota de contratación
Cc = 600 x d - 4.500 x (2 - p/t)
Siendo d: diámetro nominal del contador, 13 mm. por lo que el máximo a cobrar será de 3.000 ptas.
Esta orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 29 de diciembre de 1993
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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