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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 13 de julio de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 360/90, promovido por Dª Francisca Montanet Bruque sobre autorización cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
1.Rechazada la causa de inadmisibilidad aducida por la representación de la Administración demandada.
2.Desestima íntegramente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Dª M.a del Carmen Rivas Ruiz, en nombre de Dª Francisca Montanet Bruque contra la resolución de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía que, por silencio administrativo, desestimó el recurso de alzada formulado por la recurrente contra la resolución de la Comisión de Selección del Programa de Andalucía Joven 89 y Parados de larga Duración 89 de fecha 4 de septiembre de 1989, aprobatoria de la lista definitiva de seleccionados en relación con la convocatoria de una plaza de Trabajador Social en la ciudad de Linares (Jaén); y en consecuencia confirma el acto impugnado por ser ajustado a Derecho.
3.No hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas.
Sevilla, 4 de abril de 1994.-El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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