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Visto el expediente instruido por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, relativo a la permuta de una finca de su propiedad situada en la Avda. Blas Infante, por la finca propiedad del Patronato San Rafael, situada en la calle Profesor Alcántara, en el mismo se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22.2.l de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo
781/1986 de 18 de abril; artículos 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986. Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía, dar la conformidad a los expedientes de permuta de bienes cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario (artículo 3º 9 del Decreto 29/1986 de 19 de febrero).
En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1º Prestar conformidad a la permuta de una finca de 822 metros cuadrados, propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba situada en Avda. Blas Infante y cuyos linderos son: al Nordeste y Sureste con Plaza de Mahatma Ghandi y al Suroeste con finca de propiedad particular, por la finca propiedad del Patronato de San Rafael que tiene una superficie de 658 metros cuadrados, situada en la calle Profesor Alcántara y cuyos linderos son: al Noroeste con la misma calle, al Nordeste con calle peatonal, al Sureste con edificaciones y al Suroeste con calle Grabador Palomino.
2º Comunicar la presente Resolución al Excmo. Ayuntamiento Córdoba.
3º Ordenar su publicación en el B.O.J.A.
Córdoba, 21 de marzo de 1994.-El Delegado, Rafael Ortega Cruz.
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