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BASES QUE HAN DE REGIR LA OPOSICION PARA CUBRIR DIEZ PLAZAS DE GUARDIAS DE LA POLICIA LOCAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE AYUNTAMIENTO
Primera. Es objeto de la convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de oposición libre, de diez plazas de Guardias de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, encuadradas dentnro de la Escala: Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo D, art. 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto.
Segunda. Los aspirantes antes de que termine el último día de presentación de instancias, han de reunir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de los treinta, el día en que expire el plazo de presentación de instancias.
c) Estatura mínima de 1,70 m los hombres y 1,65 m las mujeres.
d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
e) Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente.
f) No haber sido condenado, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cuualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A-2 y B-2.
h) Compromiso de conducir vehículos policiales.
Tercera. Las instancias solicitando tomar parte en la oposición en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, sre presentarán en el Registro General de la Corporación, bien personalmente o en la forma prevista en el art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de 20 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de extracto de esta convocatorio en el BOE.
Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 1.500 pesetas, y a la instancia se acompañará el justificante de haber ingresado tales derechos.
Cuarta. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días para subsanar posibles errores.
En dicha resolución se determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y, en su caso, orden de actuación de los aspirantes. Cuando el procedimiento selectivo, por razón del número de aspirantes presentados a las pruebas o por otras circunstancia así lo aconseje, el Tribunal, por medio de su Presidente, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal de personal técnico para colaborar en el desarrollo de los procesos de selección, bajo la dirección del citado Tribunal.
Quinta. El Tribunal Calificador de los ejercicios de la presente convocatoria que se compondrá conforme a lo prevenido en el R. D. 896/91, de
7 de junio, por el que se establece las reglas básicas y los programas mínimos a que deber ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el BOP, así como en el Tablón de Edictos de la Corporación.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulan la materia.
Sexta. Las pruebas de la oposición tendrán dos Fases: Primera Fase: Pruebas Físicas, tendrá carácter eliminatorio. Segunda Fase: Pruebas escritas.
PRUEBAS FISICAS
Los aspirantes serán tallados antes del inicio de las pruebas y deberán presentar certificado médico modelo oficial, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas.
Los ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionadas y cada uno es eliminatorio para realizar la siguiente prueba o ejercicio. Esta fase de la oposición se calificará como apto o no apto.
FUERZA FLEXORA
A) Hombres
Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, brazos totalmente extendidos, se realizarán flexiones de manera que la barbilla asome por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayuda con novimientos de piernas. Dos intentos.
Los aspirantes tendrán que realizar un mínimo de 8 flexiones.
B)Mujeres
El ejercicio consiste en quedar el mayor tiempo posible en la posición de brazos flexionados, presa con las palmas de las manos hacia atrás, piernas completamente extendidas y pies sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella.
Dos intentos:
Los aspirantes tendrán que mantenerse en la posición descrita anteriormente un mínimo de 40 segundos.
SALTO VERTICAL (HOMBRES Y MUJERES)
Desde la posición inicial de lado junto a una pared vertical, y con un brazo totalmente extendido hacia arriba, el aspirante marca la altura que alcanza en esta posición. Separado 20 centímetros de la pared vertical, salta tanto como pueda y marca nuevamente con los dedos el nivel alcanzado. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto.
Dos intentos.
Los aspirantes tendrán que alcanzar 52 centímetros los hombres y 40 centímetros las mujeres.
SALTO DE LONGITUD
Se tomará la carrera necesaria y se batirá con un solo pie, según el reglamento de atletismo.
Dos intentos.
Los aspirantes tendrán que superar 4,5 metros los varones y 3,80 metros las mujeres.
SALTO DE ALTURA
1,30 metros para los varoes y 1,15 metros para las mujeres, batiendo con un solo pie, según el reglamento de atletismo.
Dos intentos.
CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)
El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.
Dos intentos.
Marcas mínimas: 8`50 para hombres y 9`50 para mujeres.
CARRERA DE RESISTENCIA DE 2000 METROS:
El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. Dos intentos.
Marcas mínimas: 8`00 minutos para hombres y 9`00 minutos para las mujeres.
PRUEBAS ESCRITAS
1º Cuestionario de preguntas de respuestas alternativas.
2º Supuesto práctico.
3º Callejero de El Cuervo y conocimiento locales.
Se puntuará de 0 a 10 puntos cada una de las pruebas, hallándose la media para calcular la puntuación final.
Será eliminado el opositor que no supere alguna de las pruebas con la puntuación de 5.
Séptima. Finalizada cada fase de oposición los resultados se harán públicos en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
Octava. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados, por oden de puntuación y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación para que formule el correspondiente nombramiento.
Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría Municipal dentro del plazo de 20 días naturales, a partir de la publicación de la lista de aprobados la documentación acreditativa de las condiciones que para tomar parte en la base segunda.
Novena. Cumplidos los trámite precedentes, el Alcalde-Presidente, procederá a efectuar los nombramientos a favor de los aspirantes propuestos quienes deberán tomar posesión en el plazo de 30 días, contados a partir de la notificación del nombramiento, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al puesto de trabajo.
Décima. La presente convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y las formas previstas en la legislación vigente.
TEMARIO
1.La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y Deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
2.La Corona. Funciones Constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
3.Tipología de los entes públicos. Las Administraciones central, autónoma, local e institucional.Las comunidades autónomas: Constitución y competencias. El estatuto de autonomía para Andalucía: estructura y disposiciones generales.
5.Idea general de las competencias de la comunidad autónoma de Andalucía.
6.El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.
7.Relaciones de la Junta de Andalucía con la Administración central y con otras comunidades autónomas. La reforma del estatuto de autonomía para Andalucía.
8.El Derecho administrativo y sus fuentes. La Ley y el reglamento.
9.Los actos administrativos: conceptos y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
10.Los recursos administrativos: Concepto y clases. Recursos de alzada, reposición, revisión y súplica.
11.La Organización territorial del Estado: la provincia y el municipio.
12.La Administración local: Autonomía de los entes locales. Principios constitucionales de la administración local.
13.Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.
14.Potestades de la Administración local. Potestad normativa: Reglamentos, ordenanzas, bandos: Competencias de los entes locales: Materias en las que pueden asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.
15.La función pública local: Concepto. Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Especial referencia a los Policías Locales. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.
MATERIAS ESPECIFICAS
16.La actividad de los Policías Locales. Funciones según la Ley Orgánica
2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley 1/89 de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.
17.Ley de Seguridad vial. El reglamento de circulación. Normas generales de circulación. Transportes de mercancías que requieren precauciones especiales.
18.Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Status. Rol.
19.La ciudad. El Suburbio. El fenómeno de la urbanización. Población y grupo social.
20.La sociedad de masas. Características.
21.Características poblacionales, urbanas y rurales del municipio. Centros y establecimientos de interés policial.
El Cuervo, 11 de abril de 1994.- El Secretario.
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