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En el recurso contencioso-administrativo núm. 176/93-N, interpuesto por Don Ramón Fernández Espinar y otros contra la Resolución de 23 de noviembre de 1992 concediendo el derecho preferente al aprovechamiento de las aguas minerales procedentes de los manantiales denominados «Baños de Urquízar¯, sito en el término municipal de Dúrcal, al Ayuntamiento de dicha localidad, la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, Sección 3ª, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el incidente de suspensión de ejecución del acto objeto de impugnación, ha dictado Auto con fecha 2 de septiembre de 1993, en el que se acuerda en su parte dispositiva lo siguiente:
«La Sala dijo: Se decreta la suspensión de la resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía de fecha
23 de noviembre de 1992, concediéndo el derecho de aprovechamiento de aguas de los manantiales denominados «Baños de Urquízar¯, al Ayuntamiento de Dúrcal (Granada), en el recurso núm. 176/93-N interpuesto por Don Ramón Fernández Espinar y otros, sin necesidad de prestar fianza alguna¯.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de
3 de marzo de 1992, del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda y, de conformidad con lo establecido en los artículos
118 de la Constitución y 17.2 de ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, he dispuesto.
1º. El cumplimiento, en sus propios términos del referido Auto, de 2 de septiembre de 1993, recaído en el incidente de suspensión de ejecución del acto objeto de impugnación en el recurso contencioso-administrativo núm. 176/93-N.
2º. Dar traslado de la presente Resolución a la Dirección General de Indutra, Energía y Minas y Delegación Provincial de esta Consejería en Granada, para conocimiento y al efecto indicado de cumplimiento, mediante las actuaciones y trámites que fueren precisos, conducentes a dicha finalidad.
3º. Dar asimismo, traslado de esta Resolución a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla para conocimiento y constancia en los Autos de su razón; debiéndose comunicar a la misma, en su momento, el debido cumplimiento, por parte de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
4º. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de enero de 1994.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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