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Aprobadas por este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria del Pleno Corporativo, celebrada el 18 de febrero de 1994, las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO POR PROMOCION INTERNA
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de esta convocatoria, la provisión en propiedad mediante el sistema de concurso por promoción interna de una plaza de administrativo de administración general vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento e incluida en la oferta de empleo público de 1993.
Dicha plaza se integra en la Escala de Administración General, subescala administrativa, clase administrativo, dotada con las retribuciones correspondientes al grupo C, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos establecidos en la legislación vigente.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el Concurso será necesario:
a) Ser funcionario de carrera de la plantilla de funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Vera, ocupando plaza de auxiliar administrativo, durante al menos una antigüedad de dos años.
b) Estar en posesión del título de bachiller superior, formación profesional de segundo grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No haber sido sancionado por falta grave o muy grave en los dos años anteriores a la fecha de esta convocatoria, ni haber acumulado más de dos sanciones por falta leve en este período.
Tercera. Instancias y documentos a presentar. Las instancias manifestando que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente y se presentarán en el plazo de viente días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOE, en el Registro General de este Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
A la instancia deberá adjuntarse el justificante de ingreso de
3.000 ptas. en concepto de derechos de examen, fotocopia del DNI y documentación acreditativa de los méritos alegados en el concurso, mediante originales o fotocopia compulsada.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Terminado en plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución en el plazo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el BOP de la Provincia y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas así como la composición del Tribunal.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
Quinta. Composición del Tribunal Calificador. El tribunal calificador, de acuerdo con lo establecido en el R.D. 896/1991 de 7 de junio, estará integrado de la siguiente forma:
Presidente: El de la Corporación o miembro de ésta en quien delegue.
Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía, designado por ésta.
Un jefe de servicio del Ayuntamiento de Vera, o un técnico o experto designado por el Presidente de la Corporación. Un funcionario de carrera del grupo C designado por el
Presidente de la Corporación.
Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz y voto.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes que se realizará en el mismo acto. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurra alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El Tribunal, al efecto de la percepción de dietas establecidas en la legislación vigente, se clasifica en la categoría tercera.
Sexta. Comienzo de las pruebas y orden de actuación de
los aspirantes.
No podrán dar comienzo las pruebas hasta haber transcurrido al menos dos meses desde la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el BOE. El orden de actuación de los
aspirantes será el alfebético correspondiente al primer apellido.
Séptima. Procedimiento de selección y calificación. El procedimiento de selección constará de la única fase de concurso.
A) Fase de Concurso.
En la fase de concurso se valorarán los méritos que a continuación se relacionan, con arreglo al baremo que igualmente se
especifica. Los méritos alegados deberán justificarse documentalmente en la forma establecida en la base tercera de la convocatoria.
1. Antigüedad. Por cada mes de servicios en el Ayuntamiento de Vera, en la plaza que le da opción a participar en la convocatoria, 0,10 puntos por mes y hasta un máximo de 5 puntos, valorándose a estos efectos el tiempo prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario, siempre que fuera en plaza de igual categoría.
2. Historial profesional. Hasta un máximo de 2 puntos. Se valorará por el Tribunal, el grado personal, el trabajo desarrollado, el tiempo de permanencia en puestos de trabajo de cada
nivel y otras circunstancias que a criterio del Tribunal permitan evaluar la capacidad profesional de los aspirantes.
3. Formación Profesional. Por realización de cursos de formación relacionados con el puesto de trabajo:
De menos de 30 horas de duración, 0,2 puntos por cada
uno y hasta un máximo de 1 punto.
De más de 30 horas de duración, 0,5 puntos por cada uno y hasta un máximo de 2 puntos.
4. Proyecto de trabajo. Los aspirantes presentarán al Tribunal un proyecto de trabajo, sobre Procedimiento de Concesión de Licencias Urbanísticas y Medidas de Reacción ante la actividad urbanística ilegal.
El Tribunal podrá disponer que los proyectos de trabajo presentados por los interesados sean leídos por los mismos. El Proyecto de Trabajo será calificado por el Tribunal con una puntuación comprendida entre 0 y 10 puntos.
Octava. Puntuación final y propuesta de aprobados.
Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida. Dicha puntuación resultará de la suma de las calificaciones obtenidas en las fases del concurso, y será elevada a la Alcaldía-Presidencia al efecto del nombramiento pertinente.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.
Novena. Nombramiento y toma de posesión.
El aspirante propuesto deberá tomar posesión del puesto de trabajo, en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente a aquel en que le sea notificado el nombramiento.
Décima. Normas finales.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento administrativo. El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se le presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del Concurso.
En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en esta materia.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Vera, 30 de marzo de 1994.- El Alcalde-Presidente.
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