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La Ley 4/1989, de 12 de diciembre, regula la Función Estadística Pública de nuestra Comunidad Autónoma y crea el Instituto de Estadística de Andalucía para el desarrollo de la actividad estadística andaluza. El artículo 28 de dicha Ley atribuye al Instituto de Estadística de Andalucía, entre otras funciones, el impulso y fomento de la investigación estadística que contribuya a mejorar el conocimiento de la realidad social y económica de Andalucía, así como el perfeccionamiento profesional del personal estadístico. De la misma forma, el artículo 2.i) del Decreto 26/1990, de 6 de febrero por el que se aprueba el Estatuto del mencionado Organismo Autónomo, atribuye tal competencia al I.E.A. En este marco jurídico, el Instituto de Estadística de Andalucía ha tenido presente desde su creación, la conveniencia de contar con la participación de las Instituciones Docentes y de Investigación en el desarrollo de la actividad estadística pública.
Mediante la Convocatoria de estos Premios a los mejores expedientes académicos para los alumnos/as Diplomados/as en Estadística por las Universidades de Sevilla y Granada, el Instituto de Estadística de Andalucía pretende intensificar la colaboración ya existente entre este Organismo Autónomo y las Universidades Andaluzas a la vez que se fomenta el estímulo al estudio, incentivando a los estudiantes de Andalucía, futuros profesionales de la Estadística, con el fin de elevar el nivel de preparación de estos/as universitarios/as. En consecuencia, el Instituto de Estadística de Andalucía ha resuelto: Primero.Convocar dos Premios a los mejores expedientes académicos de aquellos/as alumnos/as que concluyan sus estudios de la Diplomatura de Estadística en las Universidades de Sevilla y Granada en el Curso Académico
1993/94.
Segundo.La convocatoria se regirá por las bases que se contienen en el Anexo a la presente Resolución.
Sevilla, 23 de mayo de 1994.-El Director, Rafael Martín de Agar y Valverde.
ANEXO
BASES
Primera.Se convocan dos Premios a los Mejores Expedientes Académicos de las Diplomaturas en Estadística de las Universidades de Sevilla y Granada. Segunda.Podrán optar a estos Premios aquellos/as alumnos/as que obtengan la correspondiente diplomatura en el Curso Académico 1993/1994 por las respectivas Universidades.
Tercera.Tendrán acceso a estos premios los/as alumnos/as que, a juicio de las Juntas del Centro Respectivo, se consideren los más destacados de cada Universidad, de entre los que hayan finalizado sus estudios en el Curso Académico 1993/1994.
Cuarta.La cuantía de los premios será de 125.000 pesetas para cada uno, correspondiendo uno de los premios al/la alumno/a con mejor expediente académico de la Universidad de Granada y el otro al/la alumno/a con mejor expediente académico de la Universidad de Sevilla. Quinta.Los/as Decanos/as de las distintas Facultades Universitarias propondrán, de acuerdo con las Juntas del Centro respectivo, el nombre del candidato, en función de las condiciones de baremación que se recogen en la base sexta de esta convocatoria.
Sexta.La propuesta recaerá en el/la alumno/a que con mejor aprovechamiento haya superado todas las pruebas que faculten para la obtención del título de Diplomado/a en Estadística y tenga mejor expediente académico de acuerdo con las siguientes reglas:
1ªSólo serán computables las calificaciones obtenidas en las asignaturas comunes y optativas correspondientes al Plan de Estudios vigente en cada Centro, quedando excluidas de cómputo las asignaturas de libre configuración.
2ªLa valoración del expediente se realizará con la nota media de las asignaturas ponderadas con el número de convocatorias correspondientes a cada una de ellas y de acuerdo con la siguiente puntuación:
Matrícula de Honor 4 puntos.
Sobresaliente 3 puntos.
Notable 2 puntos.
Aprobado 1 punto.
Suspenso 0 puntos.
Cada una de las convocatorias no utilizadas se puntuarán con 0 puntos, y se ponderarán con los créditos correspondientes.
3ªEn los Centros en los que las puntuaciones sea numéricas, se sumarán las puntuaciones y se dividirán por el número de exámenes realizados.
4ªEl mejor expediente será aquel cuyo coeficiente, una vez aplicadas las reglas anteriores, sea superior.
5ªEn caso de existir varios/as alumnos/as con igual puntuación, se valorarán las asignaturas de libre configuración siguiendo el mismo baremo indicado en la regla 2ª de esta base. En caso de que este último criterio mantenga la igualdad, la elección se realizará por sorteo en la sesión de selección. Séptima.Los/as Decanos/as de los distintos Centros remitrán al Instituto de Estadística de Andalucía la propuesta de las Juntas de cada Centro antes del día 15 de octubre de 1994.
La propuesta irá acompañada de la siguiente documentación:
-Relación de los/as candidatos/as cuyos expedientes hayan sido objeto de valoración por parte del Jurado.
-Nombre y apellidos del/la candidato/a propuesto/a así como la documentación referente a su expediente académico.
-Acta de la sesión de Selección firmada por el/la Secretario/a de la misma en la que consten los diferentes trámites realizados hasta formalizar la propuesta.
Octava.El Instituto de Estadística de Andalucía resolverá, en base a la propuesta de los/as diferentes Decanos/as, en el plazo de 20 días a contar desde la remisión de cada propuesta. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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