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De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
18 de octubre de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1469/91, promovido por Banco Central, S.A., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por «Banco Central, S.A.¯, contra la resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de fecha 11 de septiembre de 1991, por la que se resolvió recurso de alzada confirmando la resolución dictada por la Delegación Provincial de Jaén de la misma Consejería, dictada en expte. 665/90, en la que fue aceptada la propuesta de sanción de multa de 300.000 ptas., que se mantiene por ser conforme a derecho; sin expresa condena en costas.
Sevilla, 10 de enero de 1994.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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