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En virtud de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 4/92 de
30 de diciembre, el Presupuesto de la Comunidad Autonómica, se da cumplimiento al deber de publicación en el BOJA de las subvenciones personales reguladas por el Decreto 169/89, de
11 de julio de adquirentes de viviendas de Protección Oficial de promoción privada y de viviendas usadas, concedidas por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Cádiz, 17 de mayo de 1994.- El Delegado, Alfonso López Almagro.
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