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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Otura (Granada), se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22.2.1) y
47.3.k), de la Ley 7/85, de 2 de abril; arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; arts. 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119, del Real Decreto 1372/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de permuta de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del presupuesto ordinario de la corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9, del Decreto 29/86, de 19 de febrero. A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 1993, por el que se permuta una finca de propiedad municipal por otra de propiedad de don Francisco Ramírez Valenzuela, en concepto de indemnización por la expropiación forzosa llevada a cabo en 1985 para la construcción de un depósito regulador para el abastecimiento de agua potable, y cuyas descripciones son las siguientes:
PROPIEDAD MUNICIPAL
Parcela de terreno sita en la Urbanización Los Girasoles, término de Otura, con una superficie de mil metros cuadrados (1.000 m2). Linda: Frente, calle A; Derecha, finca de donde se segrega; Izquierda, calle D y Fondo, resto de zona verde.
Valoración: Seis millones de pesetas (6.000.000 ptas.).
PROPIEDAD PARTICULAR
Haza de tierra de secano, en término de Otura, Pago de las Eras Bajas, de cabida diez áreas, o sea mil metros cuadrados (1.000 m2). Linda: Noroeste, con vial urbanizado que linda a su vez con terrenos de don Francisco Ramírez Valenzuela; al Suroeste, con terrenos propiedad del Sr. Ramírez Valenzuela y al Sureste, con terrenos propiedad de los herederos de don Joaquín Clemont Ruiz y vial urbanizado que a su vez linda con más terrenos de los herederos de don Joaquín Clemot.
Valoración: Seis millones de pesetas (6.000.000 ptas.). En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1.Prestar conformidad a la permuta de una finca propiedad del Ayuntamiento de Otura (Granada), por otra propiedad de don Francisco Ramírez Valenzuela.
2.Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Otura (Granada).
3.Ordenar su publicación en el B.O.J.A. (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía).
Granada, 9 de mayo de 1994.-El Delegado, Juan Santaella López.
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