Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 18/6/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 3 de junio de 1994, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la de 29 de abril de 1994, mediante la que renueva la acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio dependiente de la Asociación Girasol.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 330/88, de

5 de diciembre, por el que se dictan normas sobre la acreditación de Centros y Servicios de atención a drogodependientes, procede hacer pública la resolución de la Consejera de Asuntos Sociales de fecha 29 de abril de 1994, la cual ha sido notificada al solicitante el 26 de mayo de 1994:

«Vista la solicitud formulada por D. Jesús Martín Pozas, en nombre y representación de la Asociación "Girasol``, en petición de renovación de la acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio, sito en Paseo de los Boliches núm. 17 de Arcos de la Frontera (Cádiz), y Resultando que el Centro de Tratamiento Ambulatorio sito en calle Duque de Arcos s/n, de Arcos de la Frontera (Cádiz), fue acreditado por tres años, mediante Orden de 11 de octubre del Consejero de Salud y Servicios Sociales, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 330/1988, de 5 de diciembre, por el que se dictan normas para la acreditación de Centros y Servicios de atención a drogodependientes.

Resultando que con fecha 30 de junio de 1993, la Dirección General de Coordinación, Docencia e Investigación de la Consejería de Salud autorizó el traslado del Centro a las instalaciones de Paseo de los Boliches núm. 17, de Arcos de la Frontera (Cádiz).

Resultando que el Comisionado para la Droga, a la vista de la solicitud de renovación de la acreditación, con fecha 20 de julio de 1993, emite informe favorable, al seguir cumpliendo dicho centro con los requisitos exigidos en el citado Decreto 330/1988.

Considerando que esta Consejería es competente para resolver sobre la obtención y renovación de las acreditaciones de Centros y Servicios de atención a drogodependientes, conforme a lo dispuesto en los Decretos

223/1990, de 27 de julio, y 287/1990, de 11 de septiembre, sobre reestructuración de Consejerías y de estructura orgánica de la Consejería de Asuntos Sociales, respectivamente, y en el artículo 6 del Decreto 330/1988. Considerando que conforme a los artículos 6 y 7 del Decreto 330/1988, las acreditaciones se otorgan por un período de tres años, pudiendo ser renovadas si se cumplen los mínimos requeridos para la misma, como es el caso del Centro que nos ocupa.

Vistos los preceptos legales citados, así como los de general aplicación.

RESUELVO

1º Renovar la acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio sito en Paseo de los Bolichess núm. 17, de Arcos de la Frontera (Cádiz), de la Asociación "Girasol``.

2º Esta renovación de la acreditación se otorga por un período de tres años a contar desde su notificación, siendo renovable previa solicitud efectuada con tres meses, al menos, de anticipación a la fecha de terminación de su vigencia.

3º Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, previa comunicación a este órgano, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa«.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 3 de junio de 1994.-El Secretario General Técnico, Pedro Rueda Cascado.

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