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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O:
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE LA RAMBLA (CORDOBA)
Tarifas Autorizadas
Concepto Iva Incluido
Consumo Doméstico
Cuota fija o de servicio 400 ptas/trimestre.
Cuota variable o de consumo:
Hasta 15 m3 trimestre 40 ptas/m3. Más de 15 m3 hasta 60 m3 trimestre 52 ptas/m3. Más de 60 m3 hasta 150 m3 trimestre 60 ptas/m3. Más de 150 m3 en adelante trimestre 80 ptas/m3.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 13 de junio de 1994.
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda, en funciones
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