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Yo, Jerónimo Moreno Moreno, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con residencia y vecindad en esta ciudad de Ecija, con despacho en Avenida de Miguel de Cervantes, 7.
Hago saber: I. Que ante mí se tramita Procedimiento Extrajudicial de Ejecución Hipotecaria seguido en esta Notaría, contra los cónyuges don Jose Manuel Ruiz Muñoz y doña Eduarda Maqueda Aranda, a instancia de la Entidad Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, en el que ha recaído expediente 1/95, contra la siguiente: Finca rústica. Parcela número nueve, de tierra calma, sita en el pago de la Campiña Alta y Malaver, paraje de Arenales, término de Ecija. Mide diecisiete hectáreas, noventa y cinco áreas, y ochenta y cinco centiáreas. Linda: Norte, con tierras del Cortijo de Malaver; Este, con finca propiedad de don Sebastián Ayora González; Sur, con tierras de don José Manuel Ruiz Muñoz, finca de don Jesús Benito Castillo, y tierras de don Miguel Fernández Gallego y al Oeste, con finca de doña Rosalía y doña Magdalena Ruiz Muñoz. Inscripción. En el Registro de la Propiedad de Ecija, al tomo 889, libro
644, folio 125, finca número 6.553, inscripción 11º La finca registral 6.553, tal y como se recoge del préstamo hipotecario quedó a responder de 20.000.000 ptas. de principal; 12.800.000 pesetas de intereses; 3.200.000 ptas. de intereses de demora; y de 5.000.000 ptas. para costas y gastos.
Que al día 16 de septiembre de 1994, se adeudaba a la entidad acreedora, la cantidad de (18.840.358 ptas.) dieciocho millones ochocientas cuarenta mil trescientas cincuenta y ocho ptas., de las cuales (16.000.001 ptas.) dieciséis millones una pesetas, corresponden al principal del préstamo concertado; (2.601.763 ptas.) dos millones seiscientas una mil setecientas sesenta y tres pesetas, a los intereses; y (238.594 ptas.), doscientas treinta y ocho mil quinientas noventa y cuatro pesetas, corresponden a las demoras, sin perjuicio del interés diario y de las costas causadas o que se causen por la tramitación de este procedimiento.
II. Que no resulta posible la notificación por cédulas a la Entidad Financiera Rural y de Inversiones, S.A., Entidad de Financiación; y a la Entidad Explotaciones Malaver, S.A., por lo que se les hace saber mediante el presente anuncio su derecho a intervenir en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada por la hipoteca.
Ecija, a veintinueve de junio de mil novecientos noventa y cinco.- El Notario.
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