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El Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación dictó con fecha 30 de marzo de 1995 Resolución que se notificó a través de su publicación en BOJA núm. 69 de 12 de mayo del presente por la que se impone sanción de setenta y cinco mil pesetas (75.000 pesetas) por infracción a la normativa sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
La cuantía de la sanción podrá hacerse efectiva en cualquier Entidad colaboradora, utilizando la carta núm. 326759, a partir del día siguiente a la presente notificación, y de acuerdo con la normativa vigente, de la siguiente forma: Si dicha notificación se efectúa entre el 1 y el 15 del mes en curso, el período voluntario será hasta el 20 del mes siguiente, con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda en vía de apremio. El Jefe del Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos. Fdo. Antonio Alvarez Tobar.
Huelva, 14 de julio de 1995.- El Delegado, José A. Muriel Romero.
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