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El Decreto 11/92, de 28 de enero por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios, prevé en la Disposición Adicional Primera, que con el fin de garantizar la continuidad de los efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la Consejería de Asuntos Sociales, actualmente Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, se transferirán anualmente los créditos necesarios a las Corporaciones Locales de Andalucía, que se acogieron al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de enero de 1989, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y en el marco de la colaboración existente entre las distintas Administraciones Públicas en esta materia. Por ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21, 5º de la Ley 9/93, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, procede hacer pública la transferencia de las aportaciones autonómicas y estatal a las Entidades Locales siguientes:
Diputación Provincial de Málaga.
Aportación Autonómica: 98.635.963 ptas.
Aportación Estatal: 70.673.072 ptas.
Ayuntamiento de Málaga.
Aportación Autonómica: 131.746.915 ptas.
Aportación Estatal: 92.364.242 ptas.
Málaga, 30 de junio de 1995.- El Delegado, Jacinto Mena Hombrado.
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