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Por el Ayuntamiento de Barbate se remite expediente sobre permuta de una parcela de propiedad municipal de 1.174,61 m2 sita en calle General Mola esquina Avda. Atlántico, tras el Hostal Restaurante «El Patio«, por otra de propiedad privada con una superficie de 3.986 m2, sita en la Playa de Ntra. Sra. del Carmen.
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo
781/86 de 18 de abril, 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación. En su virtud, he resuelto prestar conformidad a la permuta de una parcela, de carácter patrimonial, propiedad del Ayuntamiento de Barbate, por otra parcela de propiedad privada, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno municipal de fecha 16 de septiembre de 1994, siendo la descripción de los bienes a permutar la siguiente:
PROPIEDAD MUNICIPAL
Parcela de terreno sin edificar, sito en la Avda. Atlántico s/n, esquina a la Calle General Mola de Barbate, con una superficie de 1.174,61 m2, segregada de la finca matriz denominada Playa del Carmen, y siendo sus linderos los siguientes: Al Norte, línea de fachada recta de 24,90 mts. de longitud con la Avenida del Atlántico; al Sur, línea recta de 28,25 mts. de longitud que la separa de la discoteca «El Patio« y transformador de la Compañía Sevillana de Electricidad; Este, línea recta de 46 mts. de longitud, con la calle General Mola; Oeste, línea recta de 42,40 mts. de longitud con edificio de tres plantas en cuya planta baja se encuentran enclavados almacenes, información y duchas del Ayuntamiento de Barbate. Inscrita la finca matriz en el Inventario Municipal de Bienes y en el Registro de la Propiedad de Barbate al Tomo 476 del archivo, Libro 17, Folio
186, Finca núm. 1.668.
El valor total de la parcela asciende a la cantidad de 50.933.439 ptas.
PROPIEDAD PARTICULAR
Franja de terrenos que atraviesa en diagonal, dirección aproximada Este-Oeste, a la parcela de 3.986 m2, parcela ésta segregada de la finca matriz de 4.186 m2; ocupando dicha franja el ancho del trazado del Paseo Marítimo, con una superficie de 846,50 m2, y cuyos linderos son: Norte, finca matriz de la que procede; Sur, finca matriz de la que procede (actualmente playa); Este, calle Pez Espada y trazado de tramo Paseo Marítimo; Oeste, trazado de tramo del Paseo Marítimo. Inscrita la finca matriz, a la que corresponde esta franja de terreno, en el Registro de la Propiedad de Barbate con el número 5.652, Tomo 731, Libro 64, Folio 196. El valor total de la parcela asciende a la cantidad de 50.910.115 ptas.
En virtud de todo ello, he resuelto:
1º Prestar conformidad a la permuta de una parcela propiedad del Ayuntamiento de Barbate por otra parcela de propiedad de los Herederos de don Federico Aguilera Herrador.
2º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.
3º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4º Contra esta Resolución podrá interponerse el Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Cádiz, 27 de julio de 1995.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.
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